Reforma a método funerario ya está en tercer debate en Senado | El Nuevo Siglo
Comisión Séptima de Senado discute la iniciativa. / Foto Prensa Senado Comisión Séptima permanente
Domingo, 22 de Diciembre de 2024
Redacción Política

En tercer debate que se adelanta por parte de la Comisión Séptima del Senado, el Congreso discute la posibilidad de implementar un procedimiento químico que acelera la descomposición cadavérica y está regulado bajo normas ambientales. En este sentido, la Cámara aprobó el proyecto en segundo debate y para el año 2025 se espera que sea el Senado el que finalice la aprobación de la propuesta para convertirla en ley de la República.

Como parte del proyecto, la iniciativa, denominada como “hidrólisis alcalina”, contempla que  se realice un proceso químico para la disposición final de cadáveres mediante el uso de agua y una solución alcalina, en la que se introduce el cuerpo o restos en un equipo hermético bajo condiciones de calor, presión y agitación controladas, logrando la disolución de los tejidos blandos del cuerpo, obteniendo los restos óseos y un efluente inocuo aprovechable o tratable según las normas ambientales sobre vertimientos de aguas residuales no domésticas.

Así mismo, la propuesta se compone de 10 artículos en los cuales se advierte que dicho procedimiento será realizado únicamente por las empresas que prestan los servicios funerarios en Colombia. En el marco de esa determinación, el proyecto explica que “se debe garantizar y dar cumplimiento a los principios de precaución, trazabilidad e identificación y dignidad humana, en la manipulación del cadáver o restos, respetando las creencias del fallecido y sus deudos. También, el proceso de hidrólisis alcalina podrá ser ejecutado por las empresas que presten servicios funerarios directamente y en especial en los términos del Artículo 111 de Ley 795 de 2003”. 

Para ello, los requisitos que se deberán cumplir para el procedimiento son: Identificación plena del cadáver. Autorización para el procedimiento por voluntad del fallecido o su familia tras la muerte. Permiso legal de autoridad competente en caso de muerte violenta. Certificado de defunción.

Luego, el servicio funerario que realizará la hidrólisis alcalina debe presentar la licencia ambiental respectiva. Poseer los equipos para el procedimiento. Tener licencia para la disposición de cadáveres. Ajustar los equipos y procesos de hidrólisis alcalina a la normativa ambiental sobre vertimientos de aguas residuales no domésticas aplicable para el segmento de pompas fúnebres y actividades relacionadas. Uno de los aspectos que resaltan esta iniciativa es que con esta norma ya no se procederá a la incineración de cuerpos, ni a su disposición en cementerios a través de bóvedas.

Preocupaciones entre los congresistas

Cómo se sabe, el texto contiene 10 artículos y su discusión no debería tener mayor problema en el Legislativo. Sin embargo, hay que recordar que la Comisión Séptima del Senado es un poco más observadora del tema. Fuentes consultadas por EL NUEVO SIGLO en relación con esa célula legislativa señalan que una de las preocupaciones radica en el tema ambiental, las licencias que se expedirán para dicho procedimiento y la disposición de los químicos que se utilizan para la hidrólisis alcalina.

La principal preocupación está en el cumplimiento de las normas ambientales, las licencias y el seguir las normas al pie de la letra por parte de las empresas de servicios funerarios, obstáculos que por el momento debe superar la discusión del proyecto en la Comisión Séptima del Senado.

Pese a que en la iniciativa se propone la disposición de cadáveres como una de las exigencias principales y que además el manejo de los residuos químicos se realice de forma reglamentada, en la célula congresional se contempla hacer unos ajustes al texto en relación con que la expedición de las licencias se haga rigurosamente, lo que significa que no cualquier funeraria tenga el permiso para hacer hidrólisis alcalina sin que antes pase por la garantía del cumplimiento en la totalidad de las normas al detalle.

También, el Congreso buscará que no solo el Ministerio de Salud sea la autoridad sobre está ley y el veedor de la misma en cuanto a la normatividad legal y procedimental, sino que además se mantenga al tanto la autoridad ambiental por medio del respectivo ministerio.