Reforma a servicios públicos: estos son los cambios que plantearían | El Nuevo Siglo
Foto: Catalina Olaya - El Nuevo Siglo
Lunes, 19 de Febrero de 2024
Redacción Web

Listo el borrador con el que el Gobierno  propone modificar la Ley 142 de 1994, con la cual se establece el régimen de servicios públicos.

Según el Ejecutivo, con el fin de beneficiar a los usuarios con tarifas justas y asegurar que todos los colombianos contaran con servicios vitales agua potable, luz eléctrica y alcantarillado.

De acuerdo con el documento, la regulación de los servicios públicos estaría a cargo del presidente Gustavo Petro, quien puede ejercer esta función directamente o delegarla en las comisiones de regulación.

“El Presidente de la República podrá modificar la estructura de los Ministerios de Vivienda, Ciudad y Territorio; de Minas y Energía; de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones; de Ambiente y Desarrollo Sostenible y de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, así como de las demás dependencias y entidades de la administración; crear, fusionar o suprimir los empleos a que haya lugar, señalarles sus funciones y fijarles sus dotaciones y emolumentos”, dice el borrador.

Uno de los puntos del decreto plantea la creación de comunidades energéticas, el régimen tarifario, así como el surgimiento de un mínimo vital para acueducto, luz y gas natural.

En cuanto a las funciones de los Ministerios, estos estarán encargados de promover y reglamentar la promoción de nuevas tecnologías para prestar estos servicios, todo bajo la dirección del Presidente. Asimismo, la Superintendencia tendrá como funciones principales vigilar y controlar el cumplimiento de las leyes y actos administrativos aplicables a los proveedores de servicios públicos, en aquellos aspectos que afecten a los usuarios.

En ese sentido también señala que el Ministerio de Minas y  y Energía presentaría al Jefe de Estado proyectos regulatorios  con mensaje de trámite preferente “cuando la aplicación de las normas expedidas por la Comisión de Regulación de Energía y Gas resulten contrarias a la política pública del Gobierno, perjudicial para los usuarios de servicios públicos domiciliarios; o cuando sea necesario para asegurar la confiabilidad, seguridad, abastecimiento o sostenibilidad del sistema”.

En cuanto al régimen tarifario, ahora se "prohibiría que la tarifa sea un elemento que se incluya a la hora de celebrar contratos mediante invitación pública para que empresas privadas hagan la financiación, operación y mantenimiento de los servicios públicos domiciliarios".

Finalmente, el artículo 18 sostiene  que “la Nación y las entidades territoriales tendrán la facultad de constituir empresas industriales y comerciales del Estado para la prestación de servicios públicos domiciliarios o sus actividades complementarias e inherentes”.

inherentes”.