Villavicencio: SIC remueve 6 miembros de junta en camcomercio | El Nuevo Siglo
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Miércoles, 2 de Junio de 2021
Redacción Web

La Superintendencia de Industria y Comercio, confirmó la decisión de ordenar la remoción de seis miembros de la junta directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio (CCV) debido a que varios de los directivos investigados incurrieron en prácticas ilegales de coadministración y perjuicio para la institución.

Del mismo modo,  la entidad acreditó que los directivos investigados incumplieron sus deberes especiales, en el momento de la remoción del Presidente Ejecutivo con el propósito de mantener malas prácticas de administración, lo que llevó a la prolongada crisis del ente cameral.

La investigación inició tras múltiples quejas por parte de comerciantes de la región y de los demás directivos de la Cámara de Comercio. 

Los miembros sancionados son:

  • Carlos Alberto Lotero Prada
  • W Soluciones Integrales S.A.S., identificada con NIT 900.522.859-4, representada para el momento de los hechos de la investigación por Herin Camila López Rincón.
  • Colombina de Contratos y Suministros S.A.S., identificada con NIT 900.479.938-4, representada para el momento de los hechos de la investigación por Luis Rodolfo Herrera Santiago.
  • Magda Yaneth Esquivel Nieto • Juan Diego Garzón Díaz , Nancy Mejía Ladino.


 

De acuerdo con la entidad, los miembros de la Junta Directiva de la CCV que fueron investigados, con excepción de MADGA YANETH ESQUIVEL NIETO y JUAN DIEGO GARZÓN DÍAZ, quienes incurrieron en prácticas ilegales de coadministración que afectaron la buena marcha de la entidad.

Dentro de esas malas prácticas se incluye su participación directa en la contratación del personal de la CCV, así como favorecer a proponentes en el marco de los procesos de selección de la entidad e intervenir de manera activa en la dirección de las diversas áreas de la CCV.

El Superintendente de Industria y Comercio concluyó que existen suficientes pruebas que acreditan el comportamiento ilegal de los directivos sancionados y en consecuencia que no existe mérito para modificar la decisión de removerlos.