Prohibir la importación, producción, comercialización, venta y cualquier forma de puesta a disposición del público del producto “Minigelatinas en cápsula”, porque puede causar asfixia e incluso la muerte de los niños que la consumen, así lo anunció la Superintendencia de Industria y Comercio mediante Resolución 35240 del 7 de julio de 2015.
La Superindustria determinó preliminarmente que el consumo de las “Minigelatinas en cápsula” resulta inseguro para la población infantil, debido a que por su tamaño, empaque y composición no logran ser masticadas por el niño al momento de su ingesta, pasando directamente a la garganta y obstruyendo la vía respiratoria.
Estudios nacionales e internacionales, así como casos médicos documentados en Colombia, muestran que cuando el niño oprime la parte inferior de la cápsula para extraer el contenido, la gelatina sale “disparada” por la lengua hacia la garganta, ayudada por un lubricante que recubre el producto. Como este producto tienen centros o elementos semisólidos, el niño consumidor no logra destruirla en su garganta, causando una posible asfixia y potencialmente daños neurológicos, incluso la muerte.
Cuatro aspectos caracterizan las “Minigelatinas en cápsula” objeto de esta medida cautelar:
El tamaño y forma del producto: se trata de gelatinas contenidas en minicápsulas con forma de dedal o “bala”, de aproximadamente 27 milímetros de diámetro por aproximadamente 30 milímetros de altura.
La textura del producto y forma de consumo: se trata de una gelatina de textura resbaladiza, recubierta con un lubricante, que se desliza por la lengua hacia la garganta, una vez el niño oprime la cápsula.
La consistencia del producto: firme, no se disuelve fácilmente en la boca, y cuenta con un centro semisólido o con partículas de fruta semisólidas que una vez atoradas en la garganta tienden a expandirse.
El público objetivo: se trata de población infantil que por tener tal condición es objeto de especial protección por parte de las autoridades públicas.
En Colombia se han documentado tres (3) casos de afectaciones a la salud por causa del consumo de las “Minigelatinas en cápsula”:
Caso 1: una niña de 12 meses de edad, murió a finales del año 2014 por un paro cardiorespiratorio a causa del consumo de este tipo de gelatinas;
Caso 2: una niña de 8 meses, presentó asfixia a causa del consumo de este producto y sufrió parálisis cerebral infantil;
Caso 3: un niño de 10 meses de edad, quien presentó un episodio de broncoaspiración con la parte central de un gel saborizado de gelatina, que lo condujo a un paro cardiorespiratorio, lo cual dejó secuelas neurológicas significativas.
Las “Minigelatinas en cápsula” son importadas a Colombia desde China, y son comercializadas en supermercados, tiendas, papelerías y otros establecimientos de comercio en todo el país. Dentro de los importadores identificados hasta el momento se encuentran las sociedades Comercializadora Seul Fd Ltda., Comincol S.A.S., Administracion De Recursos Y Oportunidades S.A. - Adro S.A., Y Comercializadora Gummycol S.A.S.
En Colombia, este tipo de producto se comercializa mayoritariamente en su envase individual, y se identifica, entre otras, con la denominación “Mini Gelatina” “Gel Saborizado De Gelatina” “Gelatina Variedad Con Fruta” “Mini Gelatina De Fruta” “Mini Fruity Gels” “Mini Fruit Jelly” Ó “Mini Fruit Bites”, y las marcas Shiflis, Mini Frutty Gels, 24 Siete, entre otras.