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Miércoles, 26 de Febrero de 2020
Redacción Política

El no histórico a Uribe

Hace 10 años, la Corte Constitucional emitió una de las sentencias más importantes en lo que va corrido de este siglo. El 20 de febrero de 2010 declaró inexequible la Ley 1354 de 2009 “Por medio de la cual se convoca a un referendo constitucional y se somete a consideración del pueblo un proyecto de reforma constitucional”. Dicho referendo buscaba, ni más ni menos, que los colombianos decidieran en las urnas si se abría paso a un tercer periodo presidencial consecutivo del entonces mandatario Álvaro Uribe Vélez, que había llegado al poder en 2002 y tras la reforma constitucional del “articulito” que prohibía la reelección inmediata en la Jefatura de Estado, en 2004 (cuyo trámite anómalo dio origen al escándalo de la yidispolítica), logró presentarse de nuevo a las urnas en 2006 y ganar sobradamente en la primera vuelta, tal como lo había hecho cuatro años atrás.

 

A las carreras…

Se recuerda que el fallo de la Corte tomó por sorpresa al partido de La U (que entonces era la colectividad del Presidente de la República) así como a toda la coalición partidista que estaba confiada en que la Corte daría el visto bueno al referendo y que este se citaría en marzo, con el fin de habilitar a Uribe Vélez para ser candidato reeleccionista en mayo. Sin embargo, la sentencia negativa llevó a que la Casa de Nariño tuviera que jugársela rápidamente en busca de un sucesor y el primero en la fila era el exministro de Agricultura, Andrés Felipe Arias, apodado “Uribito” y que estaba de precandidato del Partido Conservador. Sin embargo, los planes uribistas se frustraron por cuanto Arias fue derrotado en la consulta interna popular por la otra precandidata azul, Noemí Sanín. Fue entonces, cuando a regañadientes, a Uribe Vélez no le quedó otra opción que apoyar la candidatura de Juan Manuel Santos, su exministro de Defensa, que había salido con una alta imagen por cuenta de los golpes dados a las Farc, entre ellos la “Operación Jaque” y el abatimiento de alias ‘Raúl Reyes’. Santos resultó elegido en la segunda vuelta y se hizo reelegir en 2014. Luego, ya con Uribe como su principal opositor, promovería una reforma constitucional prohibiendo la reelección presidencial en todas sus formas.

 

Campanazo constitucional (I)

¿Qué dijo en 2010 la Corte en su histórica sentencia? “… De tornarse efectiva la segunda reelección, el tercer período del Presidente desconocería la regla de alternación en el ejercicio del poder político, preservaría por un lapso prolongado las tendencias ideológicas propugnadas por el Gobierno, así como los equipos encargados de desarrollar las políticas y propiciaría la continuidad de la mayoría dominante, con notable retraso de la renovación, fuera de lo cual la posibilidad de designar, postular e influir en la composición de otros órganos públicos destruiría la coordinación constitucional de los distintos períodos y tendría por resultado el acrecentamiento del poder presidencial y la pérdida de eficacia de los controles sobre la actuación del Presidente”, señaló el alto Tribunal en sus conclusiones.

 

Campanazo constitucional (II)

 

Y agregó: “Hechas las anteriores consideraciones, surge como conclusión inexorable de todas ellas que la segunda reelección y el tercer período consiguiente implican un quebrantamiento de la Constitución y que esa rotura sustituye varios de los ejes definitorios de la Constitución de 1991 que tienen que ver con la estructura institucional acogida por el Constituyente y con los derechos, principios y valores que, según la concepción plasmada en la Carta, son el soporte de esa estructura que, siendo en sí misma valiosa, adquiere la plenitud de su sentido cuando los sirve de manera efectiva… Así las cosas, en razón de lo considerado, una segunda reelección presidencial sustituye ejes estructurales de la Constitución Política y, por lo tanto, la Ley 1354 de 2009 que busca hacer posible una reforma constitucional que la instituya vulnera la Carta y debe ser declarada inconstitucional”.