Grave impacto por la explotación minera en el Cesar, denunció la Contraloría General, entre ellas múltiples irregularidades que generaron 36 hallazgos disciplinarios y 7 de carácter penal. Esta situación quedó al descubierto al realizar una Auditoria de Cumplimiento a los Procesos de Licenciamiento Ambiental de los Proyectos de Minería de Carbón en la Zona Centro del Departamento.
El organismo de control examinó desde febrero del presente año la gestión adelantada por la ANLA y Corpocesar, evidenciando marcadas debilidades en el cumplimiento de sus funciones de seguimiento, vigilancia y control, así como en su labor de autoridad para el licenciamiento y aplicación de los instrumentos ambientales.
La Contraloría detectó reiteradas fallas en las actividades de evaluación, seguimiento y control ambiental, y en la aplicación de las potestades sancionatorias en materia ambiental, por parte de ambas entidades.
Al realizar el estudio de varias licencias ambientales otorgadas, la CGR encontró que no se cumple a cabalidad en todos sus aspectos significativos con la normatividad vigente aplicable.
Esta situación genera riesgos o afectaciones a los recursos naturales y el medio ambiente, con los consecuentes impactos acumulativos, al no realizar en forma oportuna los seguimientos a los Proyectos de Minería de Carbón en la Zona objeto de análisis.
Al no hacer los debidos requerimientos, ante los incumplimientos presentados, no se implementan efectivas medidas tendientes a disminuir, controlar y compensar los impactos ambientales originados por la ejecución de los diferentes proyectos y programas, con lo cual resulta difícil evitar así la degradación del medio ambiente y de los recursos naturales.
En cuanto al proceso sancionatorio ambiental aplicado se observaron deficiencias y debilidades en la aplicación del deber de punición que consagra la Constitución Política Colombiana en su Artículo 80, frente a los posibles daños ambientales por el incumplimiento de los actos administrativos emanados por la Autoridad Ambiental.
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Lo anterior, se manifiesta en dilaciones injustificadas en el pronunciamiento de investigaciones de los procesos sancionatorios iniciados (algunas completan más de 7 años de inactividad).
También se observan conceptos técnicos que evidencian reiterados incumplimientos de los actos administrativos emanados por la Autoridad, sin que se haya aplicado la potestad sancionatoria, así como deficiencias en los mecanismos de seguimiento y monitoreo por parte de la Entidad.
De igual manera, en el marco de su competencia, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible presentó debilidades en la evaluación, seguimiento y control a los permisos y licencias ambientales otorgados a las empresas mineras.
En cuanto a las compensaciones ambientales adelantadas por las empresas titulares de los expedientes, se encontraron debilidades de control en el trámite de solicitudes realizadas para la implementación de medidas de compensación, y en el seguimiento y control por parte de ANLA para asegurar y garantizar el cumplimiento de los requerimientos legales y técnicos que se imponen como medidas compensatorias.
En esta medida, no se logra la reparación, compensación y restauración del daño ambiental ocasionado por las actividades mineras adelantadas, por cuanto no son visibles las acciones que favorezcan de manera eficiente y efectiva la recuperación de la cobertura vegetal, de los servicios eco-sistémicos prestados, y el mejoramiento de las condiciones de los ecosistemas afectados, lo que incide en el deterioro progresivo del entorno en el área de influencia de los proyectos mineros de carbón, por los impactos acumulativos presentados.