ALFONSO ORDUZ DUARTE | El Nuevo Siglo
Sábado, 28 de Diciembre de 2013

Invitación a desconocer la Constitución

 

Llegamos  al final del año sin que muchos asuntos de carácter nacional hayan sido resueltos. El que por el momento más interesa a los bogotanos, bueno y también al país entero, es el que tiene que ver con la destitución de Petro, quien haciendo uso del derecho al pataleo, lo está ejerciendo, y en qué forma. No se ha contentado con entusiasmar a sus seguidores para que manifiesten su inconformidad con la medida del Procurador, sino que se ha ido al exterior a ventilar un problema que es puramente local. Aceptable que se controvierta la medida que lo inhabilita a seguir con todos los argumentos que estiman él y sus seguidores. Pero lo que no parece aceptable es que uno de ellos en forma sibilina invite al desconocimiento de la Constitución. Y pretenda que el orden que nos hemos dado se controvierta.

Nuestro ordenamiento es el que le legaron a la humanidad los romanos, que es el que hemos adoptado. Todo acto individual o colectivo no puede ser juzgado sino conforme a normas existentes con anterioridad al hecho que se juzga. En ejercicio de este principio es en el cual ha sido juzgado el señor Petro; otra cosa es que se diga que el juzgador ha sido demasiado severo. Pero jamás debe ponerse en duda su capacidad legal para hacerlo. Bien parece que eso no es cuestión que esté en discusión. El derecho anglosajón establece unas normas básicas de comportamiento social que están contenidas en constituciones de muy pocas pero sustantivas disposiciones; de ahí para adelante, con arreglo a estas normas rige el derecho consuetudinario que está a cargo de jueces probos y de gran experiencia y conocimientos.  Su principio se basa en que la sociedad y sus costumbres van cambiando con el tiempo y esos cambios deben ser contemplados por quien juzga. No de otra forma, el señor Fiscal en entrevista concedida a un colega matutino, El Tiempo, propone cuando le pregunta la entrevistadora con respecto al código disciplinario que él entonces viceprocurador, junto con Jaime Bernal Cuéllar, Procurador, fueron los autores del mismo que ahora emplea el Procurador para juzgar a Petro, no tiene empacho en contestar: “Pero tenga en cuenta que  ese código se presentó hace más de diez años y en ese lapso el país ha tenido una evolución jurídica muy importante. Ese código quedó rezagado”. Pero está vigente mientras no haya sido modificado, digo yo. Nos está llevando con esa respuesta y con otras del mismo tenor hacia el derecho anglosajón, al consuetudinario que no es el que nos rige.

No tiene el Fiscal inconveniente en proponerle al presidente Santos que desconozca el fallo de la Procuraduría y no lo aplique ahora porque las circunstancias no son propicias para que así lo haga. Nada más ni nada menos dice:  “…creo que el Presidente sí tiene  un margen de discrecionalidad para determinar cuándo se cumple la decisión del Procurador…” Sencillamente, la máxima autoridad en materia de investigaciones, está invitando al Presidente a que  no cumpla con lo dispuesto por la Procuraduría pues si es cierto que tiene la discrecionalidad para dar cumplimiento cuándo debe cumplirse, sencillamente la puede tener para aplazarla indefinidamente. ¿Eso sería cumplir con la Constitución que juró respetar? ¡Casi  nada le propone el  Fiscal!