Volvió a aparecer el debate sobre la demonización de la dosis mínima de drogas y la jurisprudencia que interpreta la ley sobre el tema, ahora señalada por el Fiscal General de la Nación y por la Dirección de la Policía Nacional como supuesta responsable del incremento del “microtráfico” y de la presunta imposibilidad de perseguir judicialmente a los narcotraficantes.
Con no poca ironía los altos funcionarios señalan que las organizaciones criminales tienen oficina jurídica que le aconseja a los narcos cómo acomodar su comportamiento y sus explicaciones a las autoridades de acuerdo a la evolución de la jurisprudencia ordinaria y constitucional. Han ido pasando de la dosis personal a la de aprovisionamiento sin mucho problema. Y el Fiscal, con ese fino humor que lleva en la sangre, advierte que los “malandrines” se excusan en que “una tonelada es la (dosis personal) del resto de su vida”.
Mucho me temo que como decían los abuelos “están buscando el ahogado río arriba” y se están pasando de crédulos policías y fiscales si se comen semejante cuento de aquél al que sorprenden con una cantidad de droga razonablemente superior a lo que las Cortes han dicho que puede identificarse como dosis mínima e incluso de aprovisionamiento.
La causalidad de la impunidad en casos de eso que llaman “microtráfico” se reconduce es a otra parte, a la falta de procesos investigativos pacientes y serios que consigan evidencias sólidas a partir de las cuales puedan demostrarle a los Jueces esa inferencia razonable de autoría que la ley exige para imponer medida de aseguramiento.
Obvio que policías y fiscales preferirían que la ley les hiciera su trabajo con la inclusión y aval constitucional de una presunción de absoluto derecho que le atribuya al mero hecho de la posesión de cualquier cantidad de droga la consecuencia legal de la declaratoria de narcotraficante del poseedor.
Resulta muy desafortunado que policía y Fiscalía vean la jurisprudencia de las Cortes como obstáculo para el ejercicio de sus funciones o para el cumplimiento adecuado de sus tareas. En ese orden de ideas cuánto demoraran en protestar contra las garantías liberales del derecho procesal penal como obstáculos para obtener mejores índices en la lucha contra el delito. Abogados defensores, solicitudes de pruebas, recursos, alegaciones, nulidades, son todos institutos procesales que les deben incomodar mucho, porque son los que les impiden atiborrar aún más las cárceles con sindicados.
Si en lugar de buscar el ahogado río arriba, la Policía y la Fiscalía usan todos los valiosos recursos tecnológicos que poseen para hacer seguimientos a las bandas encargadas de la distribución al detal de drogas, es probable que tengan mejores resultados frente a los jueces. Si en los noticieros de televisión a cada rato muestran dónde quedan las “ollas” de cada ciudad y hasta presentan imágenes del comercio ilegal, no se entiende como la Policía no hace lo propio.
Tal vez el problema no sea la jurisprudencia, sino el Código en general que exige sostener en audiencia pública todo lo que se hace. Y a veces lo que demuestra la evidencia es que se hizo mal.
@Quinternatte