La semana pasada el Consejo de Estado falló en respuesta a una demanda de nulidad contra el Decreto Presidencial que permitía a la policía incautar y destruir narcóticos, aun cuando fueran dosis de consumo personal. La decisión del alto tribunal condicionó la aplicación del Decreto 1844 del 18: “El Consejo de Estado determinó que la reglamentación no puede perturbar el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los consumidores que no afecten a terceros o sus bienes.”, alegando que el procedimiento de incautación y destrucción de la droga, sólo procede cuando se determine que quien la porta persigue fines comerciales o de distribución. Esta decisión, deja sin efectos el decreto presidencial y dificulta la labor de las autoridades en la lucha contra el microtráfico de drogas en Colombia.
El mencionado decreto fue el resultado de una propuesta de campaña del Presidente Duque, ante los reclamos de los ciudadanos que exigían medidas urgentes para combatir el fenómeno del microtráfico y reducir el consumo de drogas en niños y jóvenes.
Lejos de penalizar el consumo, o el porte de la dosis personal, el decreto pretendía impedir que los jíbaros se escudaran en la dosis personal para poder portar la droga y distribuirla en calles, parques y colegios de nuestras ciudades y municipios, burlando fácilmente la labor de las autoridades. Sin establecer ningún tipo de sanción penal, el objetivo era garantizar un espacio público libre de drogas, dificultando la labor del microtráfico, sin impedir el consumo personal en entornos privados.
Esta insólita decisión, sumada a la relativización de la dosis personal a manos de la Corte Suprema, desde que acuñó el concepto de “dosis de aprovisionamiento”, constituye un nuevo obstáculo en la lucha contra las drogas. En adelante, la policía tendrá que andar con un vidente que logre leer las intenciones del portador de la sustancia, para saber cómo debe proceder.
Resulta difícil entender por qué, algunos de nuestros jueces, prefieren proteger el derecho al libre desarrollo de la personalidad de los adictos, permitiéndoles portar la droga en espacio público en lugar de proteger el libre desarrollo de la personalidad de nuestros niños, permitiéndoles crecer en un ambiente libre de drogas, alejados del acecho de las bandas delincuenciales.
Ante esta situación, y debido al peligro que representan las drogas para nuestra juventud, la única salida que queda es refrendar el contenido del mencionado decreto directamente con el pueblo colombiano, en una consulta popular. Serán los padres de familia, las madres cabeza de hogar, en lugar de jueces, congresistas o activistas, los que decidan en democracia si prima el derecho de los niños o el de los consumidores.