Estado dentro del Estado
Como sabemos, el pasado jueves 10 de mayo y cuando el CTI trató de hacer efectiva una orden de captura contra el expersonero distrital Francisco Rojas Birry, condenado a ocho años de prisión por enriquecimiento ilícito, un grupo, llamándose “guardia indígena” y respaldado por la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) (aunque no por todas las agrupaciones indígenas), obstaculizó la labor de la autoridad alegando falta de competencia por parte de la Justicia nacional y, además, cuestionando los fundamentos mismos de la sentencia. Para ellos la única autoridad que podía sancionar y detener a un indígena eran sus legítimas autoridades una vez “realizaran sus propias investigaciones y analizaran las pruebas”. La policía recibió órdenes de no proceder con la detención mientras, dispuso el Gobierno Nacional, el Consejo Superior de la Judicatura decidiera el conflicto de competencia. Sólo cuando la Judicatura decidió contra Rojas este se entregó.
Cada día los indígenas ganan autonomía frente al Gobierno central. Hace poco la Sala Penal de la Corte, cuando decidió que un delito de narcotráfico no competía a la justicia ordinaria si se comete en territorio indígena, sostuvo en la práctica que el territorio indígena es soberano respecto al resto del territorio nacional y que todo lo que ocurra ahí dentro es jurisdicción exclusiva de las autoridades indígenas. La abominable ablación del clítoris de las niñas no es penalizada por ser considerada práctica ancestral. Por la misma razón, castigos corporales, considerados violatorios de los derechos humanos en cualquier país civilizado, como el cepo o los latigazos, son tolerados entre los indígenas. No se castiga a quienes abandonan a los mellizos para que mueran en el bosque, porque se cree que fueron engendrados por malos espíritus. Ahora hará jurisprudencia el que basta a cualquiera que se autodenomine indígena (¿cuál será la definición de indígena, sobre todo en un país mestizo?) que, por ejemplo, cometa un delito en Medellín, alegar que la justicia colombiana no es competente sino la del cabildo respectivo para que tenga que intervenir el Consejo Superior de la Judicatura antes de que lo puedan detener. Ya Colombia tiene suficientes problemas con un sistema judicial que se ha declarado soberano y que interpreta las leyes, no según la finalidad con la que fueron creadas, sino según la ideología de los jueces, para que ahora quienes se reclaman de una etnia determinada se proclamen autónomos frente a las leyes de la República. No hay que olvidar que la legislación sobre los “pueblos indígenas” tiene como objetivo fundamental protegerlos y luego facilitar su integración dentro de la nación colombiana, en ningún momento crear un Estado dentro de un Estado. La Constitución es clara respecto a que las normas y procedimientos indígenas no pueden ser “contrarios a la Constitución y las leyes de la República”. Esperemos que algún día tengamos gobernantes que se decidan a hacer primar estos principios.