Como se predijo y se esperaba, el Gobierno por Decreto señaló el salario mínimo que regirá para el próximo año, aumentando el actual en 3.5%, lo que significa un alza de $30.723 y quedará en la suma de $ 908.526, más el subsidio de transporte que será de $106.454. En estas épocas de pandemia, este manejo bastante conservador del tema, pareciera ser lo más aconsejable en aras de fomentar la conservación y creación de nuevos empleos; sin embargo, tan ínfimo aumento, ha despertado airadas protestas de políticos y de los gremios de los trabajadores.
Además, contrasta el alza del salario mínimo con el reajuste de las dietas o sueldos de los congresistas; el aumento para estos es del 5.1%, se alza en $1.676.000, recibirán en adelante $ 34.417.339.oo, más otras gabelas; lo que además arrastra por equivalencia el alza del sueldo de magistrados de altas cortes, procuradores que actúan ante ellas, fiscales y contralores. Todos ganan por igual lo que gana un congresista y de allí para bajo, toda la rama y los órganos de control y fiscalía que actúan ante ella, automáticamente aumentan sus ingresos en el mismo porcentaje. Esta es una terrible brecha que aumenta el desequilibrio salarial de los colombianos.
Con un afán de impacto político, algunos partidos políticos se adelantaron a advertir que no recibirán los aumentos, que mejor los pasaran a alguna entidad de beneficencia o los destinarán a obras sociales. Ello no es más que un distractivo, pues el factor prestacional continúa en su integridad y cuando pase el momento de efervescencia, podrán recibir a plenitud el salario y las futuras alzas se realizaran con el total percibido.
Bueno, se dice que es la Constitución Política la que así lo dispone y ello es verdad; pero lo que no es cierto es que ello no se pueda modificar y esa modificación está en manos del Congreso donde ha faltado voluntad política para realizar la enmienda que se necesita. Si fue posible por Acto Legislativo poner un tope a las pensiones, respetando el principio de los derechos adquiridos; no se diga que no puede hacerse la misma limitación para los sueldos de los congresistas y de paso para todos los megasalarios de los altos funcionarios del Estado.
La propuesta debería ser bastante simple. El Acto Legislativo 01 de 2005 estableció un tope de 25 salarios mínimos para las pensiones a cargo de recursos de naturaleza pública; la Corte Constitucional acogió ese tope incluso para pensiones adquiridas con anterioridad, con argumentos bien discutibles para arrasar con los derechos adquiridos. Ya es hora de que se miren a sí mismos, congresistas y constitucionalistas; a veces por mirar la paja en el ojo ajeno, no se mira la viga que hay en el propio. El mismo tope o alguno similar sería lo apropiado para los mega sueldos del Estado y reduciría la inaceptable brecha grotesca que hoy se pone de manifiesto entre los colombianos.