Con $5 billones más para gastar cada año del Gobierno del presidente Iván Duque, el Comité Consultivo de la Regla Fiscal amplió la meta de la regla fiscal de 2,4% a 2,7%.
El Ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, aseguró que se va a requerir 05% del PIB para atender a la masiva migración de venezolanos a Colombia que hoy ya llegan a 1.200.000 personas.
De acuerdo con el Ministro el impacto fiscal en el 2019 será del 0,5% del PIB, en el 2020 del 0.4% del PIB y del 0.3% del PIB en el 2021.
Carrasquilla dijo: “hay dos posibilidades: o recortamos otros gastos y mantenemos la meta fiscal igual, o mantenemos los otros gastos iguales y asumimos este nuevo gasto (la migración).
Sin embargo ante las necesidades que tiene el país en materia de educación y salud, no se descarta que ante una mayor liquidez, se utilicen parte de estos recursos en tapar otras necesidades.
Complicaciones
En una reciente evaluación que hizo de la economía colombiana, la misión del Fondo Monetario Internacional (FMI), dijo que ante la llegada y atención de más de 1 millón de migrantes venezolanos, los costos fiscales representarán cerca de 0,5% del PIB para el país.
Señala que “en el contexto de un sólido crecimiento de la demanda interna y aumento del déficit externo, el Gobierno Central debería reducir el déficit fiscal a 2,4%, en línea con la regla fiscal. Si los costos fiscales relacionados con la migración resultan mayores o más persistentes que lo esperado, se podría considerar flexibilidad en la regla a través de la cláusula de escape bajo condiciones estrictas para salvaguardar el Marco Fiscal de Mediano Plazo (MFMP).”
Varios analistas consideran que la implementación de la Ley de Financiamiento no ha arrojado resultados pues apenas lleva casi tres meses, y el boquete de recursos es grande que podrían arriesgar programas sociales que se han venido desarrollando como Familias en Acción o los subsidios de servicios a las clases más necesitadas.
Los migrantes
Señala la Comisión que según los registros de Migración Colombia para las personas provenientes de Venezuela de carácter regular y los datos provistos por el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos (RAMV) –censo realizado entre abril y mayo de 2018– de migrantes venezolanos irregulares, el flujo de entrada mensual de venezolanos a Colombia se ha incrementado de manera significativa. La afluencia de personas de este país hacia Colombia pasó de registrar un promedio de 8 mil personas por mes en 2016, a 26 mil en 2017 y 68 mil a corte de mayo de 2018.
Según la información disponible en la Gran Encuesta Integrada de Hogares del DANE, el número total de venezolanos en Colombia pasó de 162 mil en 2015 a 544 mil en 2017. Según los cálculos de Migración Colombia, la cantidad de migrantes se duplicó en el último año, alcanzando 1.174.743 personas en diciembre de 2018.
El Comité concluyó que el tamaño del choque fiscal es grande y fijó el tope de esas desviaciones en 0,5%, 0,4%, 0,3%, 0,2% y 0,1% del PIB para el periodo 2019-2023.
El Comité considera que este mayor espacio fiscal para los próximos años no compromete la sostenibilidad fiscal del país, en la medida que se conserva una senda decreciente de la relación deuda/PIB del Gobierno Nacional Central. Asimismo, el déficit total convergerá a 1,0% del PIB en 2024, dos años antes de lo que se preveía en el MFMP del 2018 con base en la aplicación de los parámetros de la regla para ese año. Consideró importante este resultado teniendo en cuenta que es consistente con lo que sucedería en ausencia de las desviaciones permitidas para acomodar parte del choque fiscal ocasionado por la migración. De igual forma, el ajuste gradual del déficit estructural hacia el -1,0% del PIB en 2022 fijado por Ley se mantiene.
También la misión encuentra que la normatividad y legislación vigentes no contemplan mecanismos que permitan adaptar las metas de déficit ante choques como éste con criterios claros. Por eso, el Comité recomienda al Gobierno y al Congreso que en una futura revisión de la Ley de la Regla Fiscal se sustituya la cláusula de excepción por una de ajuste ante choques fiscales inesperados y transitorios de magnitud considerable, como el ocasionado por la agudización de la inmigración.
En este sentido, el Comité sugiere que, en el caso de una modificación a la ley, ésta deberá precisar: la naturaleza del choque, los requisitos para invocar una cláusula de escape transitorio, los criterios para determinar los límites fiscales y fijar el período máximo de las desviaciones permitidas. Todo lo anterior con el propósito de garantizar la sostenibilidad fiscal y la convergencia a las metas estructurales de la regla, tomando como ejemplo la forma como el Comité decidió proceder en esta ocasión.
Características del cambio
-Naturaleza y magnitud del choque: Flujo migratorio proveniente de Venezuela. Se estima que el máximo número de inmigrantes podría alcanzar un rango entre 2,3 y 2,7 millones de personas, que generan un choque anual sobre el gasto de 0,5% del PIB en promedio.
-Duración máxima de la desviación permitida: 5 años, consistente con las presiones de gasto asociadas a la atención de la población en el corto y mediano plazo. En el largo plazo, la migración generará un efecto positivo vía mayor crecimiento económico.
-Magnitud máxima de la desviación permitida: 0,5% del PIB. El espacio permitido será decreciente en el tiempo, empezando en 0,5% del PIB en 2019 y decreciendo en 0,1 puntos porcentuales cada año hasta 2024, año en el cual -de mantenerse los supuestos sobre los ciclos-, el déficit total deberá converger a la meta estructural de 1,0% del PIB.
-Monitoreo de la implementación del espacio adicional: el Comité Consultivo se reunirá al menos una vez al año para monitorear la evolución del choque, su impacto sobre la economía y sobre la programación fiscal. Evaluará la necesidad y conveniencia de revisar el espacio adicional permitido, bajo la condición de mantener sendas decrecientes de la relación déficit/PIB y deuda/PIB.