Marzo, un trago amargo tributario | El Nuevo Siglo
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Domingo, 3 de Febrero de 2019
Redacción Economía

A partir de marzo la industria de licores, incluyendo la cerveza, comenzará a pagar los nuevos impuestos que fueron aprobados por la Ley de Financiamiento.

Ya la nueva metodología para calcular el precio de los licores en el país fue expedida por el DANE hace unos meses y entró en vigencia el pasado 1 de enero.

Desde marzo, según la industria licorera, se comercializarían los productos con la nueva base gravable (precio sin impuestos) definida por la entidad estadística, la cual sube hasta en un 130% en comparación con el año anterior.

Esto quedó consignado en la Resolución 3098 de 2018, que determinó el precio base de cada una de las bebidas alcohólicas que se venden en Colombia, la cual cambió la forma en que se miden los valores iniciales de estos productos, petición que fue hecha por la Federación Nacional de Departamentos.

 

La norma

El gremio le había solicitado hace unos meses al DANE revocar una norma expedida por el gobierno anterior que fijaba una base mucho menor a las de 2018, comprometiendo así el recaudo de las regiones. Ahora, según la Federación, a la entidad estadística “se le fue la mano”, ya que los precios base, que no incluyen tributos, quedaron en muchos casos por encima de los que hoy se pagan en el mercado.

Por ejemplo, una botella de Aguardiente Antioqueño tenía un precio de venta al público sin incluir impuestos de $13.176, ahora esta cifra pasaría a ser de $30.677. Caso similar sucede con el Ron Viejo de Caldas Tradicional, cuyo valor de referencia pasó de $14.380 a $28.069.

Para la Asociación Colombiana de la Industria Licorera (ACIL) estos impuestos incrementarían el contrabando, debido a que los colombianos no dejarían de consumir licor, sino que lo comprarían en el mercado negro.

 

Los pagos

Vale recordar que en Colombia la industria licorera paga impuesto al consumo por cada grado de alcohol (entre 11% y 40%), más un 25% de ad valorem (sujeto a la base gravable del DANE, que hoy es polémica) y un IVA de 5%.

A través de la Certificación 05 de diciembre 14 de 2018, la Dirección General de Apoyo Fiscal adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, estableció los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, aplicables como mínimo a los productos extranjeros gravados con el impuesto al consumo tratado en la Ley 223 de 1995, los cuales aplicarán para el primer semestre de 2019.

Con ellos los incrementos a las cervezas son de $349,25 por unidad de 300 centímetros cúbicos, los sifones de $301,44 por unidad de 300 centímetros cúbicos, y los refajos y mezclas con $117,84 por unidad de 300 centímetros cúbicos.

 

Promedios

Es necesario resaltar que los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas son establecidos de manera semestral por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda.

De acuerdo con Bavaria, la cerveza pasaría a tener una tributación global de 75% con el IVA plurifásico. Esto también se debería a que el producto enfrentará cobros del impuesto en todos sus eslabones, desde las etapas iniciales de producción hasta la llegada al consumidor.

Por su parte, los licores en general enfrentan un escenario no menos retador, pues la base gravable definida por el DANE para este año en base a la Ley 1816 de Diciembre de 2016 generó aumentos no solo en los licores nacionales, sino también en los importados, cuyos incrementos alcanzaron 600%, de acuerdo con la ACIL.

Dentro de las disposiciones de dicha ley existen tres impuestos a tener en cuenta. El primero es el impuesto por el grado alcoholimétrico, que cobra $220 por cada grado que tenga determinado licor, el segundo es el impuesto ad valorem que equivale a 25% del valor de venta al público sin impuestos, y el tercero es 5% de IVA.

El presidente de Asobares, Camilo Ospina, mencionó que el costo de vida en general de los colombianos “no aguanta un incremento más”. “Tenemos, en el caso de los licores, el más costoso de Iberoamérica. El apetito tributario impulsará el contrabando, provocará la migración a otros licores y afectará la rentabilidad de los negocios al ya no poder incrementar precios, puesto que los menús y el consumo no admiten más cambios hacia arriba”.

En el caso de la cerveza, el ejecutivo destacó que “es un producto con alta elasticidad en la demanda”, factor que debe entrar a consideración en escenarios de este tipo.

 

Desorganización

Frente al manejo del procedimiento de imputación del precio de venta de licor al público estipulado en la Ley 1816 de 2016, Ospina afirmó que ha sido “un proceso desorganizado” pues no solo ha brindado poca información y ha vinculado de manera escasa a los gremios, sino que también está desenfocado de la realidad económica de los consumidores colombianos.

“La ley de licores y reforma tributaria de ese año también afectó el consumo, le saco más de $6 billones a los bolsillos de la clase media y perjudicó el sector”, subrayó.

Con anterioridad, la directora ejecutiva de la Cámara de Industrias Asociadas a las Bebidas Alcohólicas (CABA), Beatriz Elena Jaramillo, le pidió al Gobierno que suspendiera la resolución del DANE, en la que se estableció el nuevo mecanismo para el pago de los impuestos por parte de ese sector.

Para la representante de ese gremio, esta nueva fórmula afectaría ostensiblemente el consumo de licor en el país. “Realmente nosotros nos sentimos muy preocupados por la certificación que ha emitido el DANE, porque encontramos productos que superan el 400% en el incremento porcentual de esa base gravable”, dijo.

Jaramillo indicó que “nosotros consideramos que esa base gravable tan incierta, hace también que el consumidor encuentre productos con un costo tan elevado que termine yéndose a un mercado ilegal”. Según dijo, la metodología aplicada por parte del DANE evidenciaría inexperiencia y desconocimiento de la industria y de la realidad del mercado, por lo que urgió a que se revise esa fórmula de manera inmediata.

“Es ahí donde nosotros queremos hacer esa revisión. Sabemos que el DANE como entidad no ha sido precisamente por muchos años especializada en esos cálculos de precios ad valorem y la definición de esta base gravable siempre está sujeta a interpretaciones de la ley”, explicó.