Lupa al fallo de Reficar | El Nuevo Siglo
/Foto Refinería de Cartagena
Miércoles, 11 de Diciembre de 2024

Uno de los procesos de responsabilidad fiscal más importantes y cuantiosos de los últimos años quedó en entredicho. La Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca dejó sin piso la billonaria sanción que la Contraloría General había impuesto a uno de los entonces integrantes de la junta directiva de la Refinería de Cartagena (Reficar) por los posibles sobrecostos y otras anomalías en la ampliación y modernización de esta última.

La decisión del ente de control se dio en abril de 2021, cuando emitió un fallo de responsabilidad fiscal por 2,9 billones de pesos contra cinco exfuncionarios de la empresa (incluyendo dos presidentes y tres exvicepresidentes), siete miembros de la junta directiva y cuatro contratistas. Se les endilgó culpabilidad en distintos niveles y cuantías.

Tras una investigación que duró más de cuatro años, la Contraloría determinó que el daño patrimonial se produjo con “ocasión de las acciones y omisiones de la junta directiva de Reficar y su administración, contratista y supervisor del proyecto, quienes en ejercicio de la gestión fiscal directa o indirecta, de manera antieconómica, ineficiente e inoportuna, contribuyeron a esta billonaria pérdida de recursos públicos, que se convierte en el mayor detrimento patrimonial del Estado colombiano en toda su historia”.

Uno de los sancionados fue, precisamente, Hernando José Gómez Restrepo como miembro de la Junta Directiva y quien demandó la decisión ante el citado tribunal, que esta semana emitió sentencia al respecto anulando una parte sustancial del fallo de la Contraloría en su contra. Una decisión que, según advierten los expertos, no solo viabiliza nuevas acciones del demandante contra la nación exigiendo reparación de daños y perjuicios, sino que da pie a que otros de los sancionados en 2021 también emprendan acciones legales similares.

La Sala del Tribunal Administrativo hizo varias consideraciones en su fallo. Por ejemplo, determinó que en el caso específico de Gómez Restrepo el daño patrimonial al Estado “no fue probado” de forma específica y contundente. “La decisión de la inversión autorizada en el Control de Cambios 2, no constituye fuente de daño patrimonial, pues no debió ser comparado con una fórmula matemática, sino con la inversión física del proyecto, que no fue cuantificada”, señalaron los magistrados.

De igual manera, respecto a las conductas anómalas señaladas al demandante se concluyó que en el fallo de la Contraloría tampoco se demostró cuál fue la actuación puntual, típica y dolosa que habría generado el detrimento alegado en un proyecto que, como lo recuerda todo el país, se tasó inicialmente en casi 3.800 millones de dólares, pero terminó costando más de 8.000 millones.

Como si lo anterior fuera poco, los magistrados de la mencionada Sala cuestionaron la tasación de los presuntos daños económicos e incluso indicaron que no se probó tampoco que hubiera procederes irregulares del demandante en las decisiones que autorizaron las adiciones presupuestales para sacar avante la refacción de la refinería. De hecho, en un aparte de la sentencia del contencioso-administrativo se afirma que “… en el caso en donde dichas adiciones no se hubieran efectuado, probablemente el proyecto de la refinería se hubiera detenido e incluso, podía no haber entrado en operación, situación que no aconteció y, por el contrario, se tiene que Reficar es actualmente una de las empresas con mayor valor en nuestro país”.

¿Y ahora? Como se dijo, este es uno de los procesos de responsabilidad fiscal más cuantiosos y emblemáticos y, por lo tanto, el que haya quedado en entredicho es muy preocupante, no solo por el monto billonario de la sanción, sino por las sombras que se expanden sobre el grado de certeza de la jurisdicción fiscal y coactiva de la Contraloría en uno de los mayores escándalos de presuntos sobrecostos con recursos públicos en lo corrido de este siglo. Además, como se dijo, del riesgo de una cascada de demandas contra la nación por parte de otros de los blancos del fallo de 2021, que incluso fue ratificado meses después por otra instancia del ente de control.

La Contraloría ya anunció la respectiva apelación del fallo del Tribunal ante el Consejo de Estado, con el fin de que este “… dirima la controversia judicial, enfocándose en la causa inicial del daño fiscal censurado, y apreciando integralmente los medios de prueba que reposan en el expediente administrativo”.

Como se ve, este asunto va para largo y hay mucho en juego respecto a la decisión final que adopte el Consejo de Estado. Más allá del monto billonario del fallo de responsabilidad fiscal, lo que tiene más implicación es si hubo o no errores de técnica jurídica, probatoria, interpretación y aplicación de la jurisdicción coactiva. No es, entonces, un pleito más, sino un tema de la máxima importancia que tendrá muchas consecuencias a futuro en la lucha anticorrupción y la vigilancia en el uso del presupuesto de todos los colombianos.