* Ecos de cinco leyes caídas
* Afinar trabajo congresional
La declaratoria de inexequibilidad esta semana de cinco leyes por parte de la Corte Constitucional es, sin duda, un hecho grave. Por vicios de trámite el alto tribunal dejó sin piso las normas que regulaban lo relativo al régimen de insolvencia económica para los particulares, la reforma sobre el IVA que pagan las empresas licoreras departamentales, el nuevo marco para garantizar la vacunación gratuita y obligatoria a la población infantil, y sendas reglamentaciones sobre explotación comercial del recurso forestal así como de las tasas de prestación de servicios en el Sistema Nacional de Identificación y de Información del Ganado Bovino.
Los magistrados encontraron, al revisar el trámite de las iniciativas, que hubo errores que van desde fallas en la publicación de los textos de los proyectos tanto en gacetas como en el Diario Oficial, improvisación por la citación a sesiones extras del Congreso y hasta la eterna falencia -esto en el caso forestal- sobre consulta previa a las comunidades indígenas y afrodescendientes de normas que afecten sus territorios ancestrales y cosmovisión.
Si bien no es la primera vez que la Corte deja sin piso iniciativas aprobadas por el Congreso, pues es largo el listado de leyes ordinarias, estatutarias, actos legislativos e incluso de convocatorias a mecanismos de participación popular que han caído total o parcialmente por vicios de forma y fondo, resulta casi inaudito que todavía persistan estos yerros de pura y física técnica parlamentaria.
Se supone que la llamada “Ley Quinta” o Reglamento Interno del Parlamento ha sido reformado infinidad de veces para clarificar el procedimiento legislativo y garantizar que el trabajo de meses en comisiones y plenarias no se vea frustrado luego por yerros insubsanables. No se trata aquí de reducir la discusión a asuntos menores como los recursos perdidos por sueldos de parlamentarios o el costo de foros y audiencias, sino de dimensionar el daño que se produce a la institucionalidad y al conjunto de la población que ya se regía o esperaba hacerlo bajo esas normas que ahora caen.
En el caso que nos ocupa, por ejemplo, decenas de miles de personas tenían puestas sus esperanzas en acogerse al régimen de insolvencia económica tras sufrir descalabros financieros por no poder honrar hipotecas, obligaciones financieras, comerciales, de servicios públicos y hasta deudas tributarias. Ahora tendrán que esperar varios meses más a que el Congreso vuelva a tramitar el proyecto y que, en esta ocasión, se cuide de no colgarle algún lastre que lleve a una nueva declaratoria de inexequibilidad. En cuanto a la ley sobre el esquema de vacunación, afortunadamente existen otras normas rigiendo que garantizan la protección de la población infantil en este aspecto.
Las fallas de técnica legislativa se volvieron tan comunes que, incluso, para evitar los vacíos normativos que se generan cuando una norma es declarada inexequible, la Corte dispuso hace ya un buen tiempo emitir fallos de efecto modulado, es decir, que las leyes que quedan sin piso, pueden seguir rigiendo por un corto lapso mientras Ejecutivo y Legislativo corrigen los errores cometidos y tramitan en tiempo récord las iniciativas que no pasaron el tamiz de revisión constitucional.
Sin embargo, esa es una vía excepcional y, por lo tanto, no se puede aplicar de forma general, pues de hacerlo el Estado colombiano quedaría expuesto a un peligroso clima de inseguridad jurídica permanente. La otra alternativa de la Corte es devolverle al Congreso la respectiva ley para que subsane las fallas en que se incurrió. El lío aquí es que se trata de una ruta procedimental que tiene un margen de aplicación muy limitado, pues sólo procede por vicios de forma de poca incidencia e impacto.
Es urgente, por tanto, hacer un drástico llamado de atención al Congreso, sus mesas directivas y las propias bancadas para que afinen la técnica legislativa. De poco sirve la dedicación y esfuerzo en el impulso de los proyectos, si después pierden vigencia por errores inauditos.