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Un juez especializado de Bogotá absolvió a tres jóvenes acusados de participar en el estallido social de 2021 y de agredir a miembros de la Policía en el marco de las protestas en la avenida Ciudad de Cali con calle 13, en la capital.
Elkin Duván Peña Maldonado, Deiver Daniel Gómez y Juan David López, quienes habían sido imputados por los delitos de terrorismo agravado y violencia contra servidor público, fueron exonerados debido a las dudas razonables sobre su responsabilidad penal. Según la Fiscalía, los tres habrían integrado un grupo de manifestantes que vandalizó un vehículo policial y causó lesiones a dos uniformados el 30 de mayo de 2021.
Sin embargo, la defensa de los acusados argumentó que no se encontraban en el lugar durante los hechos, ya que fueron detenidos días antes en otra manifestación.
El abogado Rubén Darío Acosta Ortiz, quien defendió a los jóvenes, celebró el fallo. "Obtuvimos sentido del fallo absolutorio a favor de jóvenes que protestaron en el estallido social y que habían sido señalados de terrorismo y violencia contra servidor público. Hoy celebran en libertad", comentó.
El análisis de las pruebas presentadas por la Fiscalía reveló inconsistencias en los testimonios de los testigos y en los reconocimientos fotográficos, lo que generó serias dudas sobre la fiabilidad de los procedimientos utilizados. En particular, se destacó que las víctimas no pudieron identificar correctamente a los acusados en diferentes momentos y que el daño al parabrisas del vehículo policial, que según las víctimas facilitaba la identificación de los agresores, no era total, lo que ponía en duda la veracidad de los testimonios.
Además, el fallo cuestionó la cadena de custodia de las pruebas y los procedimientos empleados en la elaboración de las plantillas fotográficas utilizadas para los reconocimientos. Estas deficiencias en el proceso probatorio llevaron al juez a concluir que las pruebas eran insuficientes para probar la culpabilidad de los tres jóvenes.
Aunque el juez destacó que los ataques contra el vehículo policial fueron demostrados, la falta de pruebas concluyentes sobre la participación de Peña Maldonado, Gómez y López en los mismos resultó en su absolución. La decisión se basa en el principio de que la responsabilidad penal debe sustentarse en pruebas sólidas y sin dudas razonables.
La Fiscalía podrá apelar la decisión el próximo 19 de febrero, cuando se leerá oficialmente el fallo absolutorio.