Declaran nulidad electoral del concejal de Medellín, Juan Carlos Upegui | El Nuevo Siglo
Concejal de Medellín, Juan Carlos Upegui / Foto: Campaña Juan Carlos Upegui
Jueves, 3 de Octubre de 2024
Redacción Web

El Consejo de Estado declaró la nulidad electoral de Juan Carlos Upegui, concejal de Medellín para el periodo 2024-2027. La decisión del alto tribunal, que ratifica el fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia, es debido a una inhabilidad relacionada con la designación de su padre, Carlos Alberto Upegui Mejía, como rector de la institución Educativa San Lorenzo de Aburrá durante la campaña de junio de 2023. La decisión, que pone fin a su carrera en el Concejo, ratifica el fallo del Tribunal Administrativo de Antioquia.

Este nombramiento, que se formalizó mediante la resolución 202350049804, vulneraba la Ley 617 de 2000, que prohíbe la participación electoral de candidatos cuyos familiares hayan ejercido autoridad civil o administrativa dentro del año anterior a las elecciones. El caso de Upegui se suma a otros ejemplos de inhabilidad electoral en la política local, como ocurrió previamente con la exconcejala Aura Marleny Arcila.

El fallo del Consejo de Estado confirmó la nulidad que ya había sido dictada por el Tribunal Administrativo de Antioquia en julio de 2024. Según el alto tribunal, “no asiste razón al recurrente” en su apelación, lo que deja a Upegui fuera de la curul que había obtenido gracias al estatuto de la oposición tras quedar en segundo lugar en las elecciones de 2023, donde obtuvo el 10% de los votos.

En cuanto a la vacante que deja Upegui en el Concejo de Medellín, la misma será ocupada por Camila Gaviria, quien se encontraba en la lista del movimiento político Creemos, liderado por el exalcalde Federico Gutiérrez, y quien obtuvo un puesto relevante en las pasadas elecciones.

Por otro lado, Albert Corredor, quien también aspiraba a ocupar la curul vacante, había argumentado que, al quedar en tercer lugar en las elecciones, le correspondía el escaño de la oposición. Sin embargo, el Consejo de Estado aclaró que la curul debe asignarse según la cifra repartidora establecida por el sistema electoral vigente.