Honradez, flanco débil de los abogados | El Nuevo Siglo
PRESIDENTE DE la Comisión de Disciplina Judicial, magistrado Alfonso Cajiao. / Foto Prensa Consejo Superior de la Judicatura
Viernes, 5 de Abril de 2024
Redacción Nacional

EL CONSEJO Superior de la Judicatura dio a conocer la estadística de sanciones a abogados y funcionarios de la Rama Judicial entre 2021 y 2024, procesados por diferentes conductas irregulares que les generaron fallos disciplinarios.

A través del Código General Disciplinario, y teniendo en cuenta la gravedad de la falta cometida, son varias las conductas castigadas, pero existe una recurrencia en ciertos hechos que están cometiendo los juristas y que la Comisión de Disciplina del Consejo Superior de la Judicatura está castigando con mayor severidad.

Inicialmente, hay un atentado en contra del artículo 37 en su numeral 1, que habla de las faltas a la debida diligencia profesional del Código Disciplinario, que establece: “Demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actuación profesional, descuidarlas o abandonarlas”.

Bajo esta norma han sido sancionados 5.347 abogados entre enero de 2021 y marzo de 2024; de la misma manera, se encontraron violaciones al cumplimiento del artículo 35, numeral 4, que estipula las faltas a la honradez del abogado. “No entregar a quien corresponda y a la menor brevedad posible dineros, bienes o documentos recibidos en virtud de la gestión profesional, o demorar la comunicación de este recibo”, establece el escrito.

Por estas inconsistencias fueron sancionados 2.372 abogados entre 2021 y 2024. Pero también hubo incumplimientos al numeral 6 del mismo artículo, que dice: “No expedir recibos donde consten los pagos de honorarios o de gastos”. Por esto, fueron objeto de sanciones 165 juristas.

Mientras tanto, otros 156 terminaron reprendidos por fallar al numeral 2 del mismo artículo, el cual establece: “Acordar, exigir u obtener honorarios que superen la participación correspondiente al cliente”.

Como medidas disciplinarias, las suspensiones al cargo se encuentran en el primer lugar con 1.479 medidas de este tipo aplicadas contra hombres y 461 contra mujeres, para un total de 1.940 abogados penalizados.

La segunda causa de correctivo en contra de los profesionales del derecho está relacionada con la censura, al ordenarse en contra de 147 mujeres y 547 hombres, para un total de 694 abogados que fueron llamados al orden durante el transcurso de los últimos tres años.

Balance de las sanciones disciplinarias

El presidente de la Comisión de Disciplina Judicial del Consejo Superior de la Judicatura, magistrado Alfonso Cajiao Cabrera, advierte que “cuando en un país se presentan 733 mil acciones de tutela en un año, algo no se está haciendo bien; por eso, el llamado es a procurar un orden justo”.

En el mismo sentido, añade: “Ese es el deber de la Rama Judicial, que tiene una función social en el recto desempeño de las relaciones jurídicas y en la colaboración con la actividad de los jueces. Ejercer los derechos y no abusar de los derechos de los demás debe ser una premisa fundamental. Desde la Jurisdicción Disciplinaria velamos para que se cumpla”.

Además, explica que la exigencia en el ejercicio del derecho debe ser mayor a raíz del compromiso que tienen los juristas con la sociedad. “El derecho y la moral van por el mismo camino. Hay ciudadanos que por las circunstancias no gozan de los mismos derechos que la mayoría. A los abogados nos corresponde velar por un orden justo”.

De igual manera, afirma que las funciones de la comisión van en busca de mejorar ostensiblemente la calidad del servicio judicial al que tienen derecho todos los colombianos, y a la resolución de los conflictos a través de las vías legales.

“Vivimos una realidad en la que las personas no suelen resolver sus conflictos a través del derecho sino de su propia ley. Debemos entender que la justicia tiene un sentido social y que desde el derecho es necesario estar un paso adelante para dirimir las diferencias”, puntualizó.

Sanciones a funcionarios judiciales

Contrario a lo que se cree, en los despachos judiciales también ocurren irregularidades que terminan siendo objeto de denuncias, investigación y sanciones. Por lo general, las medidas se aplican contra escribientes, sustanciadores, secretarios, entre otros.

También, contra los jueces que emiten fallos en el marco de estrados a nivel de familia, penal, civil, especializados, de circuito, de conocimiento, jueces municipales y funcionarios que integran el total de la Rama Judicial.

Actualmente, la judicatura hace presencia en los 1.100 municipios del territorio nacional y se maneja a través de 25 regionales, destacando como algunas de las más importantes Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga y sus respectivos departamentos.

Según el Consejo Superior de la Judicatura, el código de disciplina también aplica en función de los jueces y demás funcionarios de la rama. En términos de causales para sancionar a los funcionarios, se especifican las mismas que el Consejo Superior aplica en contra los abogados.

Dentro de las sanciones más comunes se encuentran: la suspensión, que reportó 134 casos entre 81 hombres y 53 mujeres; le sigue la remoción de jueces con 62 reportes (50 hombres y 12 mujeres); y cierra la estadística con sanciones por destitución e inhabilidad para el ejercicio, que presenta un total de 54 casos, al ser disciplinados 36 hombres y 18 mujeres. Del mismo modo, uno de los aspectos que preocupan a la Judicatura es que las faltas están siendo cometidas por hechos similares, según datos revelados por la entidad.

Además, hay un reporte que confirma el registro actual de 400 mil tarjetas profesionales de derecho vigentes en el país. El registro de estos documentos, los cuales acreditan a esa cantidad de profesionales en derecho, hace parte del control que lleva la entidad sobre los abogados que actualmente se encuentran en ejercicio, y viene desde enero de 2021 a marzo de 2024.

Igualmente, la Judicatura añade que la sanción más frecuente emitida en contra de los funcionarios es la suspensión, a raíz de la recurrencia en conductas por parte de funcionarios y abogados en la Rama Judicial y que también vienen reportando desde el año 2021 y con cierre al 31 de marzo del año 2024. 

<DESTACADO> “La Rama Judicial tiene una función social en el recto desempeño de las relaciones jurídicas y en la colaboración con la actividad de los jueces”, dijo Cajiao