INFORME. 'Lista negra' para responsables de delitos contra niños | El Nuevo Siglo
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Lunes, 21 de Agosto de 2017
Redacción Nacional

Llegó a la Comisión Primera de la Cámara para su tercer debate el proyecto de ley que crea el ‘Registro Nacional de Responsables de Delitos Cometidos en contra de los Niños, Niñas y Adolescentes’, con la novedad  de que a las conductas que el Senado aprobó motivarían que los responsables sean incluidos en esta lista ‘negra’ se  suma el tipo penal  de lesiones personales en modalidad dolosa, para garantizar mayor protección a esta población.

Así lo propone la ponencia de esta iniciativa de ley estatutaria de autoría de la senadora Rosmery Martínez Rosales, texto que viene en tránsito de la anterior legislatura, pues fue radicada el 17 de agosto de 2016.

Este proyecto  de ley originalmente tenía el propósito de crear el Registro Nacional de Ofensores Sexuales, sin embargo, en el transcurso del primer debate en la Comisión Primera del Senado se propuso que este Registro no solo se circunscribiera a los delitos de contenido sexual sino que se ampliara a otros cometidos en contra de los menores de edad para hacer más efectiva la protección que se busca brindar a esta población, tales como homicidio, abandono de menores, desaparición forzada, secuestro, tortura, trata de personas, violencia intrafamiliar y suministro a menor.

Es por ello que pasó a denominarse Registro Nacional de Responsables de Delitos Cometidos en contra de los Niños, Niñas y Adolescentes.

El Senado hizo otras modificaciones en el texto como fue la inclusión del Instituto Nacional de Medicina Legal como ente que también tendrá a cargo el Registro en la medida de que el componente genético (ADN) es de su competencia; se adicionó el vocablo “vivas” para reafirmar que el Registro no podrá contener la inscripción de personas fallecidas; se agregó la expresión “que tengan contemplada pena privativa de la libertad”, acogiendo la observación realizada por el Consejo Superior de Política Criminal, en cuanto a que la medida resultaba desproporcionada en aquellos tipos de delito sexual de menor gravedad como el de la omisión de denuncia; y se dejó como única persona autorizada para solicitar el certificado de antecedentes al interesado directo en aras de preservar y mantener el carácter reservado del Registro.

La ponencia para el tercer debate de este proyecto de ley estatutaria propone, entre otras, que “se adiciona el delito de lesiones personales en modalidad dolosa para garantizar mayor protección a los niños, niñas y adolescentes”.

El registro

La iniciativa de ley indica que “en dicho Registro, se inscribirán las personas que a título de autor o partícipe hayan sido condenadas por la consumación o tentativa de conductas punibles tales como: homicidio, abandono de menores, desaparición forzada, secuestro, tortura, trata de personas, violencia intrafamiliar, suministro a menor y delitos contra la libertad, integridad y formación sexual contenidos en el Título IV de la Ley 599 del 2000, que tengan contemplada pena privativa de la libertad”.

Explica que el Registro Nacional de Responsables de Delitos Cometidos en contra de los Niños, Niñas y Adolescentes estará compuesto, por un lado, por el registro biográfico que será administrado por la Fiscalía General de la Nación y, por otro lado, por el registro genético o banco de ADN circunscrito a las personas que hayan cometido alguna de las conductas tipificadas dentro de los delitos sexuales, que administrará el Instituto Nacional de Medicina Legal.

La iniciativa legislativa también busca crear una inhabilidad para que aquellas personas que prestan o aspiran a prestar sus servicios en Jardines infantiles, Instituciones de educación básica y media, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Centros de pediatría, entidades públicas y privadas, y a personas naturales cuyo objeto esté relacionado con la interacción con menores de edad, entre otras, no puedan ser vinculadas o contratadas.

 

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