A buen paso avanza en el Congreso la iniciativa de ley por medio de la cual se aprueba el Acuerdo con la Unión Europea por el que se crea un marco para la participación de Colombia en las operaciones de gestión de crisis, suscrito en Bogotá, el 5 de agosto de 2014. La iniciativa fue radicada en la segunda legislatura por el Gobierno pero se hundió por tiempos, a pesar de que alcanzó a ser aprobada en tres de cuatro debates.
Buscando la ratificación de este acuerdo el Ejecutivo por intermedio de la canciller María Ángela Holguín y el ministro de Defensa, Luis Carlos Villegas, radicó en la pasada legislatura nuevamente el proyecto el 4 de octubre de 2016, siendo aprobado en primer debate por la Comisión Segunda del Senado el 2 de mayo anterior.
Ahora, la iniciativa comienza con buen ritmo su trámite en esta última legislatura, pues fue agendada en el segundo lugar del orden del día de mañana en la plenaria del Senado para anunciar la ponencia, que fue presentada en sentido positivo.
El proyecto de ley tiene por objeto permitir el despliegue de miembros de nuestras fuerzas armadas para atender operaciones de crisis de la Unión Europea, considerando que Colombia tiene la facultad de decidir en cada caso concreto si desea participar o no en una determinada operación.
En ese sentido, en caso de que Colombia desee participar en una operación, el Ministerio de Defensa Nacional, como autoridad competente, se lo comunicará a la Unión Europea anexando una propuesta de contribución. A su vez, Colombia en cualquier momento podrá retirarse total o parcialmente por iniciativa propia o a petición de la Unión.
El Acuerdo establece que Colombia ejercerá su jurisdicción sobre los miembros de sus fuerzas armadas que participen en una determinada operación, excepto cuando el personal esté a bordo de una nave o aeronave de un Estado parte de la Unión Europea, en cuyo caso este último ejercerá la jurisdicción. Esto implica que Colombia debe atender cualquier reclamación vinculada a su participación que presente un miembro de su personal o que afecte a dicho miembro.
Otro punto importante, señala la ponencia para el segundo debate, es que en este Acuerdo, Colombia renuncia a toda reclamación contra la Unión Europea que no sea de tipo contractual por daños, pérdidas o destrucción de material, o por lesiones o muerte de su personal que resulten en el desarrollo de la operación salvo en el caso de negligencia grave o dolo. A su vez, los Estados miembros de la Unión Europea se comprometen a no formular reclamaciones contra Colombia en ese mismo sentido.
Además, la participación de miembros de las Fuerzas Armadas colombianas supone que Colombia deberá sufragar todos los gastos de funcionamiento y además contribuirá al presupuesto de la operación según dos fórmulas que se proponen en el Acuerdo, tomando aquella de la que resulte un menor valor. De esta contribución financiera podrá eximirse Colombia si la Unión Europea determina que el país ya está haciendo una contribución significativa.
Finalmente, se resalta que el incumplimiento del Acuerdo autoriza a la parte cumplida a ponerle fin al mismo, y que este no implica en ningún caso la presencia de tropas extranjeras en territorio colombiano ni la membresía de Colombia a la Unión Europea.
Estrategia internacional
El Gobierno argumentó al Congreso que la suscripción del Acuerdo y su posterior entrada en vigor obedece a la ejecución de la estrategia internacional de Colombia en materia de defensa y seguridad, y “consolida la participación de nuestra nación en escenarios internacionales, bajo la perspectiva del futuro de las Fuerzas Armadas, contribuyendo con sus capacidades y profesionalismo en los escenarios allí previstos.