El Consejo de Estado negó la medida cautelar solicitada por el presidente Gustavo Petro, quien buscaba suspender la investigación en curso del Consejo Nacional Electoral (CNE) sobre una presunta violación de los topes de financiación de su campaña presidencial.
La decisión del Alto Tribunal, notificada el 8 de noviembre de 2024, rechaza la solicitud de suspensión de los cargos formulados por el CNE, mientras se resuelve la acción de tutela interpuesta por el mandatario.
El presidente Petro, a través de su abogado Héctor Carvajal, había argumentado que el proceso adelantado por el CNE vulnera sus derechos fundamentales, como el debido proceso, el fuero presidencial y el derecho a la defensa.
En la tutela, Petro solicitó que se suspendiera la investigación administrativa del CNE, al considerar que esta decisión afectaba su estabilidad institucional como presidente y contravenía precedentes de la Corte Constitucional.
No obstante, el Consejo de Estado concluyó que no se cumplía con el requisito de riesgo probable de un perjuicio irreparable, lo cual es esencial para conceder una medida cautelar.
El magistrado Jorge Edison Portocarrero Banguera, ponente del caso, señaló que la suspensión del proceso no era procedente, dado que el daño alegado no era lo suficientemente grave como para justificar una decisión anticipada. “La medida cautelar no puede usarse para resolver de manera anticipada el fondo de la controversia”, expresó el magistrado en su fallo.
El Consejo de Estado también ratificó que el CNE es competente para continuar con la investigación administrativa sobre la campaña de Petro, a raíz de presuntos aportes ilegales, como pagos a testigos electorales y donaciones no reportadas. La investigación incluye la presunta vinculación de organizaciones como FECODE y la USO, así como la empresa de criptomonedas Daily Cop.
El presidente Petro había solicitado que el CNE se abstuviera de investigar, argumentando que la decisión de la Sala de Consulta y Servicio Civil del 6 de agosto de 2024 excedía las competencias del organismo electoral y violaba su fuero presidencial. Sin embargo, el Consejo de Estado ratificó que la autoridad del CNE en este caso es válida y no se produce una extralimitación de funciones.
Con la negativa de la medida cautelar, la investigación contra Petro y su campaña por la presunta violación de los topes de financiación sigue su curso, mientras que la tutela interpuesta por el mandatario continuará siendo estudiada por el Alto Tribunal.