Abecé de Acuerdo de Escazú, aprobado en Senado | El Nuevo Siglo
La Comisión Segunda de la Cámara estudiará ahora la ratificación del Acuerdo de Escazú en materia ambiental.
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Jueves, 28 de Julio de 2022
Redacción Política

Con el viento a favor, después de que los sectores de izquierda y alternativos lograron las mayorías en el nuevo Congreso, la ratificación del Acuerdo de Escazú despegó en su trámite, logrando el pasado martes su aprobación en segundo debate en plenaria del Senado. ¿Cuáles son, en detalle, las implicaciones de este Tratado que tanta polémica ha causado en el país, especialmente por gremios económicos que consideran que algunas de sus disposiciones frenarían proyectos de desarrollo?

En la Conferencia de las Naciones Unidas sobre desarrollo sostenible, celebrada en Río de Janeiro, en Brasil, en 2012, en el décimo punto de la declaración quedó el compromiso con los derechos de acceso a la información, a la participación y a la justicia en asuntos ambientales. 

Ello llevó posteriormente a los países de la región a que coincidieran en la aprobación del Acuerdo de Escazú, adoptado en 2018 en la localidad del mismo nombre en Costa Rica.

De los 33 países, 24 países firmaron este Acuerdo en 2018, pero desde entonces solo 12 lo han ratificado a través de sus congresos.

En el caso de Colombia el proyecto para ratificar fue presentado por el Gobierno en 2020 con mensaje de urgencia. A pesar de ello, tuvo muchas dificultades para avanzar en su trámite debido a las dudas que manifestaron varias bancadas como la del Centro Democrático y Partido Conservador, y la mayoría de gremios.

En abril pasado, la Comisión Segunda del Senado le dio la aprobación a un nuevo proyecto que presentó el Gobierno, lo que motivó otro llamado de los gremios al Legislativo, en cabeza del Consejo Gremial, a que suspenda su trámite por los efectos que considera provocaría en el desarrollo, la economía y el empleo.

No obstante, el llamado no fue atendido y como se dijo el proyecto fue aprobado esta semana por la plenaria del Senado en segundo debate, teniendo en cuenta el ambiente favorable a la iniciativa que ahora existe por las fuerzas dominantes en el Congreso. Estos son los principales aspectos del Acuerdo:

1.- Divulgación de información ambiental 

El Acuerdo establece que cada parte garantizará que las autoridades competentes generen y pongan a disposición del público la información ambiental relevante para sus funciones, de manera sistemática, oportuna, accesible y comprensible, así como que actualicen periódicamente esta información. 

Agrega que cada país firmante del Acuerdo contará con uno o varios sistemas de información ambiental actualizados, que podrán incluir, entre otros, los textos de tratados y acuerdos internacionales, así como las leyes, reglamentos y actos administrativos sobre el medioambiente, el listado de zonas contaminadas por tipo de contaminante y localización. 

2.- Uso y la conservación de los recursos naturales. 

Establece también que cada parte garantizará, en caso de amenaza inminente a la salud pública o al medioambiente, que la autoridad competente divulgue de forma inmediata toda la información relevante que se encuentre en su poder y que permita al público tomar medidas para prevenir o limitar eventuales daños.

3.- Participación pública en toma de decisiones 

El Acuerdo de Escazú establece que se debe asegurar el derecho de participación del público abierta e inclusiva en los procesos de toma de decisiones ambientales. 

Dice que cada parte promoverá la participación del público en los procesos de toma de decisiones, revisiones, examinaciones y actualización en asuntos ambientales de interés, tales como el ordenamiento del territorio, la elaboración de políticas, planes, estrategias, normas y reglamentos que puedan tener impacto sobre el medioambiente. 

De igual forma se adoptarán medidas para que la participación del público sea posible desde etapas iniciales del proceso, “de manera que las decisiones del público sean debidamente consideradas y contribuyan en dichos procesos”.

4.- Acceso a justicia 

Se garantizará el derecho de acceder a la justicia en asuntos ambientales de acuerdo a las garantías del debido proceso. 

Agrega este Tratado que, en el marco de su legislación nacional, los países firmantes deben asegurar el acceso a instancias judiciales y administrativas para impugnar y recurrir en cuanto al fondo y el procedimiento sobre cualquier decisión, acción u omisión relacionado con el acceso a la información ambiental, así como por la toma de decisiones en esta materia y cualquier otra decisión que pueda afectar el medioambiente. 

5.- Defensores de derechos humanos en asuntos ambientales 

Cada país parte garantizará un entorno seguro y propicio en el que las personas, grupos y organizaciones que promuevan y defiendan los derechos humanos en asuntos ambientales puedan actuar sin amenazas, sin restricciones e inseguridad. 

En ese sentido indica que se tomarán medidas oportunas y efectivas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones a los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales. 



Este aspecto del Tratado es un reto grande para el país pues la violencia contra los líderes ambientales es alta. Según la oenegé Global Witness, en su informe 2020, los asesinatos de ambientalistas alcanzaron la cifra récord de 227, la mayoría en Colombia y México.

Temores de gremios 

Desde hace más de dos años gremios como la SAC, Naturgas y el propio Consejo Gremial Nacional mostraron su preocupación por los efectos de este Acuerdo en el país.

El Consejo Gremial en su reciente comunicación al Gobierno y al Congreso sobre esta ratificación señaló en una misiva que “luego de un análisis cuidadoso del tratado y de la normatividad nacional e internacional aplicable en el país, el Consejo Gremial Nacional insiste en que el Acuerdo de Escazú es innecesario y altamente riesgoso -por ende inconveniente- para Colombia y en particular para la reactivación y el crecimiento económico, el incentivo a la inversión y fortalecimiento del tejido empresarial, la generación de empleo y la contratación de bienes y servicios”.

El Consejo Gremial Nacional expresó que “el Acuerdo de Escazú permite que cualquier organización, nacional o internacional, pueda hacer uso de acciones administrativas o judiciales, lo que conduciría a que una organización del exterior, independiente de su interés -no requiere que sea legítimo- afecte una actividad o proyecto de desarrollo, de cualquier sector económico”.

Dijo también que el Acuerdo de Escazú “no admite reservas y establece la supremacía de una entidad multilateral, para resolver las eventuales controversias que se presenten entre las partes en cuanto a su aplicación e interpretación. Obliga a los Estados Parte a acatar decisiones de un tribunal por crear o de la Corte Internacional de Justicia, a la que Colombia renunció, con ocasión de la disputa territorial y marítima con Nicaragua”.

Considera también el Consejo Gremial Nacional que este Acuerdo es innecesario en el país porque varias de sus disposiciones las contempla la normatividad local.

“La protección, garantías, principios, trámites y derechos que pretenden reconocerse con el Acuerdo de Escazú no suman al ordenamiento nacional pues muchos ya están incluidos, tienen reconocimiento jurisprudencial y se vienen aplicando, y por el contrario generan un enorme riesgo, cuando el país reclama con urgencia reactivación, crecimiento y empleos", señala el Consejo Gremial.