UN FRENAZO tuvo la explosión en los últimos dos años en el reconocimiento de personería jurídica a partidos por razones distintas a los votos que obtuvieron en las legislativas, sino derivado de fallos de la Corte Constitucional que fueron favorables a Colombia Humana y el Nuevo Liberalismo por la alta votación que obtuvo Gustavo Petro en las presidenciales de 2018, en el primer caso, y por la violencia contra su militancia, en lo que atañe al segundo. En lo que va de 2024 les fue revocada a cuatro formaciones y hay dos más que esperan decisiones del Consejo de Estado.
Perdieron la personería jurídica este año el movimiento Creemos, del hoy alcalde de Medellín Federico Gutiérrez; Fuerza Ciudadana, liderado por el exgobernador del Magdalena Carlos Caicedo; Todos Somos Colombia, de la senadora Clara López; y En Marcha, encabezado por el exministro Juan Cristo.
Entonces, ahora son 33 las colectividades que cuentan con este reconocimiento por parte del Estado.
Haga clic aquí para seguirnos en WhatsApp
En tanto que están demandados ante el Consejo de Estado los actos administrativos que expidió el Consejo Nacional Electoral reconociendo la personería a Nueva Fuerza Democrática, del expresidente Andrés Pastrana; e Independientes, del exalcalde de Medellín Daniel Quintero.
A partir de dos reclamaciones de personería jurídica se generó la jurisprudencia que derivó en la explosión de este tipo de reconocimiento en los dos últimos años: una fue una tutela que presentó Gustavo Petro para que le fuera concedida al movimiento Colombia Humana, fundamentada en que en el Congreso 2018-2022 él llegó al Senado y Ángela Robledo a la Cámara por el estatuto de la oposición, que establece esta posibilidad a quienes integren la fórmula a la Presidencia que obtenga la segunda votación.
El Consejo Estado y el Consejo Electoral le habían negado a Colombia Humana la personería, fundamentados en que los más de ocho millones de votos que obtuvo Petro en 2018 fueron a la Presidencia y no al Congreso.
Sin embargo, la Corte determinó que de todas formas las curules en el Congreso que obtiene la fórmula que perdió en las elecciones a la Presidencia son un “mandato representativo”, y por ello ordenó le concedieran la personería jurídica a Colombia Humana.
De la misma manera, en octubre de 2022, la Corte ordenó reconocer la personería al Nuevo Liberalismo porque la violencia de que fue objeto su militancia, comenzando con el asesinato de dos de sus fundadores: Luis Carlos Galán y Rodrigo Lara Bonilla, afectó su ejercicio político.
En cuanto a las decisiones al respecto del Consejo de Estado este año, en lo que corresponde a En Marcha determinó que por carecer de personería jurídica no podía hacer parte de la coalición Alianza Verde Centro Esperanza en las elecciones del 2022. En el caso del partido Creemos, el Alto Tribunal dijo que la alianza con el Centro Democrático en las legislativas del 2022, no le daba el derecho para este reconocimiento.
En el caso de Todos Somos Colombia el Consejo de Estado determinó que tampoco tiene el derecho a la personería solo porque hizo parte de la coalición del Pacto Histórico, que en el Senado obtuvo más de 2 millones de votos.
Mientras que Fuerza Ciudadana perdió la personería porque el Consejo de Estado encontró improcedente acceder a la misma equiparando su situación a la del Nuevo Liberalismo, que obtuvo ese estatus ante hechos comprobados de violencia política contra sus líderes.
Falta regulación
Miguel García Sánchez, experto en el tema electoral, dijo a EL NUEVO SIGLO que “desde el punto de vista político, no me inquieta que lo que son redes políticas particulares pierdan su personería jurídica y la posibilidad con ello de inscribir candidatos”. Recordó que “el espíritu de las reformas electorales que se hicieron en 2003 y 2009 pretendía obligar a que los partidos actuaran de manera coordinada”.
Agregó que independientemente de las razones jurídicas del Consejo de Estado para dejar sin efecto la personería jurídica a varios partidos, “desde el punto de vista del funcionamiento de la democracia no genera un impacto negativo”.
A su turno, la directora ejecutiva de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios, dijo a este Medio que comparten estas decisiones del Consejo de Estado. “Envía dos mensajes en las decisiones que ha venido tomando: el primer mensaje al Consejo Nacional Electoral es que le corresponde al Congreso, no al Consejo Electoral, determinar cómo se crean los partidos políticos o modificar las razones de la creación. En segundo lugar, está llamando la atención, y coincidimos con eso, que no es necesario estirar la interpretación de lo que dicen las sentencias de la Corte Constitucional, que fue absolutamente clara cuando señaló cuáles son los requisitos para crear organizaciones políticas debido a los hechos de violencia que se vivieron en la década de los 80 y 90”.
Adicional a ello, Barrios dijo que la MOE insiste al Congreso que “es muy importante que reglamente las escisiones, las fusiones y las coaliciones. No lo ha hecho, razón por la cual estamos llegando a situaciones de pérdida investidura, de doble militancia, etcétera, porque necesita poder reglamentar esas figuras”.