La próxima semana el proyecto borrador del articulado de la reforma laboral, que propone modificar 77 artículos del Código Sustantivo del Trabajo, las Leyes 50 de 1990 y la 789 de 2002, así como otras normas laborales, será presentado a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, y donde se discutirán los puntos clave de la construcción del texto de la reforma para los y las trabajadoras y el empresariado.
“Este jueves finalizamos los debates jurídicos y técnicos del trabajo permanente para la construcción colectiva de los textos de la reforma en la Subcomisión de Reforma Laboral y que nos permitirá avanzar en el derecho al trabajo y comprender la realidad del mundo laboral, desde el diálogo del tripartismo”, así lo informó la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.
La Comisión de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, conformada por las organizaciones sindicales, el sector empresarial y el Gobierno, es la que fija el salario mínimo cada año, entre otras responsabilidades del mundo laboral.
Así mismo, el secretario Técnico de la Subcomisión de la Reforma Laboral, Nicolás Escandón, precisó: “Los encuentros de las subcomisiones iniciaron el 24 de octubre y se trabajó conjuntamente en 18 sesiones, escuchando los argumentos y peticiones de gremios y centrales sindicales y motivando el diálogo democrático. El trabajo de la subcomisión es ejemplo de diálogo social".
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Este proceso para la reforma ha tenido acompañamiento de expertos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) a través de los órganos de control y se recibieron insumos técnicos y experiencias internacionales de la Misión de Empleo 2020, Misión Alternativa de Empleo, Corte Suprema de Justicia, OCDE-ELSAC, reforma laboral y reforma legal de México, Ley de trabajo en plataformas digitales de Chile, reforma laboral de España, modelo de negociación por rama de Argentina, y relatoría de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entre otros.
Según lo confirmó la titular de la cartera laboral la propuesta de reforma laboral será una Ley ordinaria y modificará parcialmente el Código Sustantivo del Trabajo, teniendo como base el artículo 53 de la Constitución.
La reforma laboral está compuesta por tres partes: Principios constitucionales: La igualdad de oportunidades para cualquier trabajador del sector público o privado, cualquiera que sea su situación contractual, que tenga una remuneración mínima y estabilidad del empleo.
La segunda, integrada por el derecho individual del trabajo, busca proteger al trabajador o trabajadora; y la tercera, contiene el derecho laboral colectivo del trabajo, que consta de garantías para la asociación sindical, negociación colectiva y huelga.