Tumban elección de Mikhail Krasnov como alcalde de Tunja | El Nuevo Siglo
Mikhail Krasnov aún cuenta con 10 días para presentar una apelación, que de ser interpuesta, será revisada por el Consejo de Estado, la máxima autoridad en materia de nulidad electoral en Colombia. / Foto: Alcaldía de Tunja
Miércoles, 5 de Marzo de 2025

El Tribunal Administrativo de Boyacá declaró la nulidad de la elección de Mikhail Krasnov como alcalde de Tunja para el período 2024-2027. La decisión, tomada en primera instancia, responde a una demanda interpuesta por la sociedad Grupo de Asesorías y Representación Jurídico SAS (Grup Colombia SAS), que alegó que estaba inhabilitado para ejercer el cargo debido a su doble nacionalidad y a un contrato con una entidad pública.

Con este fallo, el funcionario aún cuenta con 10 días para presentar una apelación, que de ser interpuesta, será revisada por el Consejo de Estado, la máxima autoridad en materia de nulidad electoral en Colombia. En caso de que se confirme la decisión, Tunja podría verse obligada a repetir elecciones o a nombrar al segundo candidato más votado.

¿Por qué se anuló la elección de Mikhail Krasnov?

La sentencia del Tribunal Administrativo de Boyacá se fundamenta en dos presuntas causales de inhabilidad que habrían impedido la elección del alcalde ruso-colombiano:

1. Doble nacionalidad e inhabilidad constitucional

Según la demanda, Mikhail Krasnov nació en Rusia y adquirió posteriormente la nacionalidad colombiana por adopción. De acuerdo con la Constitución Política de Colombia, los ciudadanos con doble nacionalidad no pueden acceder a ciertos cargos de elección popular, salvo que una ley específica reglamente excepciones. Este criterio se respalda en la sentencia C-151 de 1997 de la Corte Constitucional.

El artículo 40-7 de la Constitución establece que:

“Los ciudadanos tienen derecho a acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, salvo aquellos colombianos por adopción que conserven su nacionalidad de origen, salvo que la ley establezca lo contrario”.

En este caso, los demandantes argumentaron que no existe una ley que permita explícitamente que una persona con doble nacionalidad sea alcalde municipal, por lo que Krasnov estaría inhabilitado desde su inscripción como candidato. Sin embargo, el tribunal rechazó este argumento y concluyó que no era causal suficiente para anular su elección.

2. Contrato con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC)

El segundo motivo de la nulidad electoral es la suscripción de un contrato de prestación de servicios con la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia (UPTC), institución pública con sede en Tunja.

Según el expediente judicial, el 6 de diciembre de 2022, Krasnov firmó el contrato No. 2302 con la UPTC, cuyo objeto era la capacitación y revisión de documentos y redacción de artículos científicos en inglés y alemán en la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la universidad.

De acuerdo con el artículo 95-3 de la Ley 136 de 1994, modificado por la Ley 617 de 2000, un candidato está inhabilitado si:

“Dentro del año anterior a la elección ha intervenido en la celebración de contratos con entidades públicas que se ejecuten en el mismo municipio donde aspira a ser elegido”.

En este caso, el tribunal determinó que Krasnov no renunció oportunamente a su contrato, el cual se ejecutó en el municipio de Tunja, lo que lo inhabilitaba para postularse como alcalde.

Foto: Facebook Mikhail Krasnov
 Aunque el argumento sobre su doble nacionalidad fue rechazado, la decisión sigue en firme hasta que el Consejo de Estado emita un fallo definitivo. / Foto: Facebook Mikhail Krasnov

¿Qué sigue ahora?

Mikhail Krasnov aún tiene la posibilidad de apelar la decisión ante el Consejo de Estado, la máxima instancia en casos de nulidad electoral. Este organismo tendrá la última palabra sobre si ratifica o revoca la decisión del Tribunal Administrativo de Boyacá.

Además, Krasnov enfrenta dos procesos de revocatoria de su mandato en Tunja: uno promovido por el comité “Tunja Soberano, Noble y Leal”, y otro por el Comité Ciudadanos Inconformes. Así lo confirmó el registrador nacional, Hernán Penagos, quien aseguró que ambas solicitudes se están tramitando conforme a la ley.

En febrero de este año, la Procuraduría General de la Nación también le formuló cargos a Mikhail Krasnov, por las mismas razones que tuvo en cuenta el Tribunal Administrativo de Boyacá. El ente de control indicó que se encontraría inhabilitado para postularse u ocupar dicho cargo, por lo que investiga la presunta falta gravísima a título de dolo.