Off the record | El Nuevo Siglo
Foto archivo El Nuevo Siglo
Jueves, 15 de Diciembre de 2016
Redacción Política

Más de un dirigente uribista considera que es igual de complicado para la institucionalidad la vía rápida para el trámite de las leyes y reformas derivadas del acuerdo de paz que las facultades extraordinarias que tiene ahora el presidente Juan Manuel Santos para expedir secretos con fuerza de ley con miras a rápida implementación de dicho pacto. Según congresistas del Centro Democrático estas facultades constituyen casi  “ley habilitante” al estilo de las que existen en Venezuela y que tanto el presidente Hugo Chávez como su sucesor Nicolás Maduro utilizaron para imponer un régimen autocrático.  “…La tesis tan mentada por los constitucionalistas en torno a que la Carta del 91 debilitó sustancialmente al poder presidencial, estableciendo un régimen de equilibrio de poderes bastante inflexible e incluso culpable de muchos bloqueos institucionales en las últimos 25 años, ahora ha quedado desvirtuada porque el Congreso perdió su autonomía legislativa , matriculándola  a aprobación previa del Gobierno, y este, además, tiene poderes excepcionales para legislar por decreto”, dijo un senador  uribista en charla informal con varios periodistas del Congreso.

¿Hasta cuándo alcanzará la reforma tributaria?

El ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas, ya replicó al Consejo Gremial la afirmación de que la reforma tributaria tiene corto alcance y el próximo Gobierno tendrá que impulsar otra en su primer año. Según Cárdenas, el actual apretón de impuestos tiene un horizonte de seis años, por lo menos hasta el 2022, pero los gremios productivos sostienen que ello solo sería posible si la crisis de los precios del petróleo se revierte entre 2017 y 2018, y la producción de hidrocarburos en el país sigue alrededor del millón de barriles diarios. Además, la economía tendría que crecer por lo menos en los próximos seis años a un promedio de 3 por ciento como mínimo.

Ex funcionarios en cargos clave

Para varios analistas el presidente Santos es muy hábil para ubicar a exfuncionarios de su entera confianza en puestos y cargos clave de otros poderes públicos y el sector privado.  Por ejemplo en el ramo económico, el actual presidente de la ANDI, Bruce Mac Master, trabajó con el Gobierno como director del Departamento para la Prosperidad Social y hoy dirige el gremio más importante del sector privado. El nuevo gerente general del Banco de la República, Juan José Echavarría, fue el director programático de la campaña releccionista y ahora será la cabeza del Emisor. En Asobancaria está Santiago Castro, quien fuera director de la Aeronáutica Civil en este Gobierno. En la Federación Nacional de  Departamentos está Amylkar Acosta, que ocupó la cartera de Minas y Energía… Se podría mencionar  una decena de casos más en donde exfuncionarios del Ejecutivo hoy ocupan cargos clave en el sector privado, en donde si bien el Gobierno no tenía injerencia directa en su escogencia no se puede negar que el haber trabajado en el ramo oficial fue determinante para sus respectivas designaciones.

No aparecieron los 40 votos

Los más sorprendidos con la votación que en la plenaria del Senado obtuvo el proyecto que convoca a un referendo para que los colombianos decidan sobre la posibilidad de que parejas homosexuales adopten, fueron los propios contradictores de la iniciativa.  Hasta la semana pasada hacían cuentas de que tenían los votos suficientes para hundir el proyecto en la plenaria e incluso con lista en mano sumaban más de 40 senadores que les habían anunciado su apoyo. Sin embargo a la hora de la verdad ello nunca ocurrió y, finalmente, se aprobó la iniciativa en segundo debate por 53 votos a favor y apenas 21 negativos. En la Comisión Primera de la Cámara, a donde pasa ahora el proyecto, las cargas estarían igualmente a favor de la convocatoria del referendo, mientras que sus enemigos consideran que pueden tomar algunos elementos de la sentencia de la Corte Constitucional sobre el ‘fast track’ para advertir que por la vía de la democracia directa no se pueden someter a votación derechos fundamentales.