Más de 39 mil capturas en primer año de Ley de Seguridad Ciudadana | El Nuevo Siglo
El general Castellanos aseguró que la ley proporcionó responsabilidades específicas a las alcaldías para la implementación y dotación de los Centros de Traslado por Protección.
Viernes, 3 de Febrero de 2023
Redacción Nacional

La Ley de Seguridad Ciudadana cumplió un año y sobre el papel brinda a las autoridades los instrumentos jurídicos y recursos económicos necesarios para contrarrestar la delincuencia, especialmente en las ciudades. 

Esta norma, impulsada en el gobierno de Iván Duque por los ministerios de Justicia, del Interior y de Defensa, contiene reformas al Código Penal, al Código de Procedimiento Penal, al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y al Código de Extinción de Dominio. 

El general Tito Yesid Castellanos, jefe nacional del Servicio de Policía, afirmó en diálogo con EL NUEVO SIGLO que la Ley 2197 de 2022 sin duda ha otorgado mayores herramientas jurídicas para garantizar el orden público y la seguridad ciudadana, por lo cual ha tenido un impacto positivo en las principales ciudades del país con la reducción del delito.

EL NUEVO SIGLO: ¿Cuál es el balance que arroja la aplicación de la nueva Ley 2197 de 2022 por medio de la cual se dictaron normas para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana?

TITO YESID CASTELLANOS: Desde el 25 de enero de 2022 se han materializado 39.106 capturas asociadas a la aplicación de la Ley 2197 de 2022, principalmente por los siguientes delitos: hurto a personas con el 57 % (22.341 casos), seguido de hurto a comercio 22 % (8.663) y hurto a residencias 6 % (2.274) y otros 15 % (5.828). De ese total, el 84 % (32.783) fueron en flagrancia y el 16 % (6.323) por orden judicial, principalmente en las ciudades de Bogotá con el 26 % (10.282) de las capturas, Medellín 9 % (3.615), Bucaramanga (1.708), Barranquilla (1.687)  y Cali (1.507)  todas estas con el 4 %, lo cual refleja como principal resultado y aporte a la seguridad ciudadana 166 vidas salvadas: 119 en Bogotá y 47 en Medellín.

ENS: ¿Se fortalecieron los mecanismos para enfrentar el vandalismo y la criminalidad que afronta el país?

TYC: La normativa permitió fortalecer la protección de derechos fundamentales como la vida y la protección de los bienes propios o ajenos y estableció nuevas circunstancias de agravación punitiva cuando se afecte la infraestructura destinada a la seguridad ciudadana, transporte masivo e instalaciones militares o de policía, con pena de prisión de 48 a 144 meses.

ENS: ¿Sirvieron las reformas al Código Penal, al Código de Procedimiento Penal, al Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y al Código de Extinción de Dominio en la lucha contra la criminalidad?

TYC: Definitivamente sí. La Ley brindó herramientas jurídicas de vital importancia a las autoridades para la protección de derechos fundamentales como la vida y los bienes de las personas, desarrolla circunstancias de agravación punitiva cuando se atenta o se genera violencia contra servidor público, regula las armas, elementos y dispositivos menos letales, soportada en la afectación de los derechos fundamentales a la vida e integridad personal de los ciudadanos por factores delincuenciales. También agregó nuevos comportamientos contrarios a la convivencia en relación con el porte de armas, elementos y dispositivos menos letales. Estas herramientas jurídicas son de vital importancia y han permitido ejercer un mayor control sobre estos elementos que en algunas ocasiones son empleados para cometer conductas delictivas en el territorio nacional.

ENS: ¿Qué puede agregar de la Ley de Seguridad Ciudadana?

TYC: Es sin duda una norma que permitió mayores herramientas jurídicas para garantizar el orden público y la seguridad ciudadana. De igual manera asignó responsabilidades a los entes territoriales para brindar las garantías y derechos de las personas. Por ejemplo, en el caso puntual de la Ley 1801 de 2016, desagregó de manera detallada las causas por las cuales el personal uniformado de la Policía Nacional puede trasladar a una persona por protección; en igual sentido, proporcionó responsabilidades específicas a las alcaldías distritales y municipales para la implementación y dotación de los Centros de Traslado por Protección; con el fin de que sean respetados los derechos de las personas que son trasladadas a estos espacios. De igual manera, nuestras principales ciudades tuvieron un impacto positivo en la reducción del delito durante 2022, en comparación con 2021, pues en todo el país se salvaron 236 vidas.

ENS: ¿Con la Ley de Seguridad Ciudadana se redujeron algunos delitos por la ampliación de penas que contempla?

TYC: La agravación de la pena de prisión a 60 años y las circunstancias de agravación punitiva frente a algunos tipos penales permitieron la reducción en el homicidio intencional de 3 %, el hurto a automotores en 5 %, el hurto en bancos 19 %, hurto a comercio del 6 %, el hurto de bicicletas del 16 %, el abigeato del 11 % y el hurto en la modalidad de piratería terrestre una disminución del 32 %.

ENS: ¿Cuántas armas blancas y de fuego han sido decomisadas en la vigencia de esta Ley?

TYC: Se han incautado 17.124 armas de fuego cortas, es decir, pistolas y revólveres. Asimismo, fueron decomisadas por la Policía Nacional 603.023 armas blancas.

ENS: ¿Y cuántas armas “hechizas”?

TYC: Durante la vigencia de esta ley, 7.217 armas “hechizas” o de fabricación artesanal han sido incautadas: Es decir, 2.588 escopetas, que representan un 36 %; 2.492 pistolas, el 35 % , y 1.878 armas tipo revólver que representan un 26 % y 259 de otras armas hechizadas que representan un 4 %.

ENS: ¿Cuántas personas han sido capturadas por la comisión de diferentes delitos en este primer año?

TYC: Un total de 39.106 capturas discriminadas por delitos, así: por homicidio a miembros de la Policía Nacional, 14; por lesiones a uniformados de la institución, 459; un total de 350 personas por amenaza o intimidación con arma blanca, arma de fuego, hechiza y menos letales; por hurto, 35.826; por invasión de tierras, 104; por avasallamiento, 97; por daño en bien ajeno, infraestructura de seguridad ciudadana, transporte público, instalaciones policía y militares, 29; por incurrir presuntamente en instigación a delinquir, dos; por fabricación, tráfico, almacenamiento, distribución, porte armas de fuego sin permiso en zonas de Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), 1.980;  por porte de arma blanca eventos masivos al público, 39; por violencia contra servidor público (efectivos de la Policía), 141, y por  obstrucción a la función pública (capturas, procedimientos de policía, otras funciones), 65.

ENS: ¿Los reincidentes ahora sí quedan privados de la libertad?

TYC: El concepto de recurrencia se presenta cuando una persona es sorprendida en flagrancia de forma reiterada por la comisión de conductas punibles que afecten los bienes jurídicos, la integridad personal, el patrimonio económico y violencia intrafamiliar, sin que haya sido objeto de una medida de aseguramiento. Lo anterior, a fin de diferenciar la recurrencia del término de reincidencia, ya que este último implica tener antecedentes penales en virtud de sentencia condenatoria por la comisión de un delito, por esta razón es el ente judicial quien decide sobre la libertad de los reincidentes.

ENS: ¿Se logró agilizar la extinción de dominio de bienes al servicio de la criminalidad?

TYC: La nueva norma de Seguridad Ciudadana modifica la Ley 1708 de 2014 en sus artículos 91 y 93 y no tiene como finalidad agilizar el proceso de extensión de dominio. Pero exige efectuar una mejor administración y destinación de los recursos y los bienes que sean objeto de extinción de dominio y optimizar la destinación de los mismos de tal manera que contribuyan efectivamente a la convivencia y seguridad ciudadana en todo el territorio nacional.