ALFONSO ORDUZ DUARTE | El Nuevo Siglo
Sábado, 18 de Mayo de 2013

ALFONSO ORDUZ DUARTE

 

Cuarteles y cárceles

Las informaciones que tenemos con respecto al problema carcelario son impresionantes.  Nuestro ordenamiento legal es taxativo y claro con respecto a cómo se deben pagar las penas cuando algún ciudadano ha violado las normas de conducta social. En la etapa investigativa el acusado,  mientras se establece si  es culpable o no, puede estar sometido a las restricciones que le permita a quien investiga, la Fiscalía, y esté disponible para cualquier diligencia, la cual, hasta donde van nuestros conocimientos puede ser sencillamente conminarlos a que esté disponible, también a una presentación periódica ante el investigador en cualquier momento; otra limitación para el acusado es el prohibirle ausentarse de su lugar permanente de residencia sin permiso del investigador. Otra providencia, dependiendo de la calidad del delito cometido y la del acusado, ordenar su detención preventiva.  Para esta clase de detenidos existen cárceles de sumariados en donde deben estar hasta tanto no se dicte la sentencia ya sea absolutoria o se imponga la pena que está tasada en los códigos de acuerdo con el delito cometido y obviamente probado. Para que éstas se cumplan existen las penitenciarías.  Pero también existe la modalidad de darles a quienes son objeto de detención de cumplirla en su domicilio que es la denominada casa por cárcel. Quien orden esta modalidad está en la obligación de velar porque el detenido cumpla.

Se dice que las cárceles, tanto las de sumariados como las de los condenados, son insuficientes, es decir, su capacidad no alcanza a albergar a todos los que son objeto de la pena de detención ya sea precautelativamente o como condenados. De todas maneras quien sufre esta pena tiene el derecho de llevar una vida digna, más si se supone que la privación de la libertad es una oportunidad de reeducación y resocialización, propósitos que no suelen cumplirse en el medio en el cual son confinados. No es sino ver las fotografías donde aparecen  los presos hacinados, sin sitios decentes en donde dormir u ocupar su tiempo en actividades que los inviten a llevar una vida digna.

La población colombiana se ha incrementado y por tanto en términos porcentuales los detenidos pueden no haber aumentado; ¿o será que la capacidad de cometer delitos  ha aumentado?  No se dispone de estadísticas. Lo único que sí parece cierto es que no pueden llevar una vida digna que las autoridades están obligadas a garantizar. Para subsanar el hacinamiento se ha dispuesto que ciertos detenidos sean conducidos a establecimientos cuyo objeto no es ese. Me refiero a los cuarteles de nuestras Fuerzas Armadas;  Tolemaida y la Escuela de Caballería. Me imagino que a los militares no les es de su gusto que lugares que están dedicados a formar a nuestros soldados y oficiales de un momento a otro se conviertan en cárceles. Eso no debe ni puede ser, pero es. ¡Búsquense otros establecimientos de reclusión!  También sistemas de pronta y cumplida justicia y no se ensañe la administración de justicia en quienes allá están recluidos, aunque le hayan fallado al país con sus actuaciones. ¿Es ejemplarizante tener al exministro Arias detenido por supuestos delitos en donde no debe estar a sabiendas de que no es amenaza que esté libre, aun estando acusado? ¿A los militares que han cometido faltas o delitos o han sido acusados de ellos no se les podrán habilitar lugares de reclusión diferentes a los cuarteles?

 

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Cumplido un aniversario del terrible atentado a Fernando Londoño Hoyos le envío un afectuoso saludo de solidaridad.