Una Constitución es erigir la participación ciudadana como un derecho-deber, lo cual significa que, por un lado, todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder y, por otro, a estos mismos les coexiste el deber de participar en la vida pública, civil y comunitaria del país.
La Constitución del 91 respondió a la gran deuda social con las personas y grupos más desfavorecidos, transitó hacia un Estado Constitucional, democrático, republicano, pluralista y social de Derecho.
Contribuyendo a este legado histórico, el doctor Manuel F. Quinche Ramírez, filósofo de la Universidad del Rosario, abogado de la Universidad Católica, especialista en derecho constitucional de la Universidad Javeriana, magíster en derecho de la Universidad Nacional de Colombia, ha publicado su libro “Los test constitucionales”.
El libro que fue presentado en la Universidad del Rosario por Indira Latorre González y Jorge Ernesto Roa, nos invita a optar por “un optimismo moderado para preservar la deliberación”.
Tratadistas del derecho afirman (1) “La proporcionalidad ha sido uno de los elementos principales de la construcción de un lenguaje común sobre la interpretación de los derechos constitucionales”
En el prólogo, Roa “da cuenta de más de dieciséis test desarrollados por la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia para resolver diferentes tipos de problemas: desde el sistema de filtros para la admisión de las demandas de inconstitucionalidad, hasta la determinación de si una enmienda constitucional ha desbordado las competencias de reforma de la Constitución que le han sido asignadas al Congreso de la República”
“Otro de los elementos fundamentales para evaluar este tipo de test es determinar si tienen un potencial para aumentar el grado de certeza en la resolución de nuestros profundos desacuerdos y reducir razonablemente la discrecionalidad judicial, o solo ofrecer una ilusión de seguridad metodológica en la que se sacrifica el espacio para la deliberación social que ocurre también dentro de los tribunales”.
Quinche afirma: “Los test constitucionales consisten, propiamente, en una metodología, en un conjunto de criterios, elementos o pasos, dispuestos por los tribunales o por las cortes encargadas del control de constitucionalidad abstracto (que recae sobre normas) concreto (que recae sobre hechos no personas) para resolver los asuntos que son de su competencia”.
Observemos, por ejemplo, el test de Igualdad analizado en el Capítulo XVII: “la igualdad cumple un triple papel en nuestro ordenamiento constitucional por tratarse simultáneamente de un valor, de un principio y de un derecho fundamental”.
Según Gascón y García (2) “un principio es una norma, una guía del comportamiento humano, mientras que un valor es un criterio que determina la bondad de algo en relación con el criterio”.
En fin, el libro presenta las nuevas técnicas y metodologías en la pedagogía y el aprendizaje del derecho, como el análisis del caso, la formulación de problemas y el desarrollo de competencias y habilidades.
(1)-Rosalind Dixon y Eric Posner “The Limits of Constitutional Convergence”.
(2)-Maria Gascón y Alfonso García, “La argumentación en el derecho”