EDMUNDO LÓPEZ GÓMEZ | El Nuevo Siglo
Jueves, 25 de Agosto de 2011

¿El voto en blanco, de los indignados?


“Atributo adicional de que es producto de la reflexión”


EL  voto en blanco es la expresión de la inconformidad y, en forma general, del derecho a disentir. Tiene el atributo adicional de que es producto de la reflexión, porque quien vota en blanco ha tenido la oportunidad de analizar otras opciones políticas, encarnadas en nombres de candidatos o representadas en programas de gobierno, o en plataformas políticas de los partidos. De tal manera que el valor ético del voto en blanco resulta indiscutible.


Es mucho más que la abstención, porque ésta no crea derechos y una democracia sin que pueden tener efectos jurídicos los derechos, resulta inútil; aunque, antes de que se institucionalizara el voto en blanco en nuestro sistema democrático constitucional, se hablaba con cierta propiedad de la “abstención activa”, para producir un resultado electoral trascendente, cuando se propuso alguna vez, por ejemplo, por una corriente del Partido Liberal Colombiano contra el disparatado referendo promovido por un gobierno anterior…


En cambio, cuando el voto en blanco constituye la mayoría en las elecciones para elegir miembros de una corporación pública, Gobernador, Alcalde, o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cualesquiera de éstas deberá repetirse (Acto Legislativo 01 de 2009, reformatorio del Art. 258 de la C.P), y con ese reconocimiento de efectos jurídicos, políticos y electorales del voto en blanco, su ejercicio adquiere inmensa importancia, que coloca, de contera, a Colombia, como uno de las grandes democracias de avanzada en el mundo.


En verdad, es un instrumento político poderoso, exaltado en forma hermosa por el Nobel José Saramago, en su Ensayo sobre la Lucidez; obra monumental que ha contribuido a la difusión del derecho a expresar la protesta por un medio democrático pacífico pero cargado de poder político y moral indiscutibles.


Todo este introito, para expresar nuestra satisfacción por las medidas adoptadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) a través de la Resolución 0920 de 18 de agosto de 2011, por la cual reglamenta la promoción del voto en blanco, para prevenir que se pueda utilizar ese instrumento por personas que estarían detrás de otros intereses, en el sentido de convertirlo en fuente de corrupción política. El Reglamento expedido por el CNE nos pone a salvo de que ello pueda ocurrir.


De ninguna manera debe entenderse que nos oponemos a los Comités de Promoción del voto en blanco. Todo lo contrario, los consideramos muy convenientes, en cuanto a la misión pedagógica que puedan desempeñar para crear conciencia en la ciudadanía del gran significado político que tiene su ejercicio, especialmente entre los indignados colombianos contra la corrupción, quienes en lugar de resignarse a no votar, deben, en cambio, acudir a las urnas para consignar su protesta a través del voto en blanco, y lograr, de esa manera, que se pueda repetir una elección que no consideren satisfactoria desde el punto de vista de los intereses generales, ya porque los candidatos no dan la talla, o, simplemente, como gesto de protesta que ponga al descubierto el grado de indignación colectiva por malos manejos de los dineros públicos.


Bogotá sería el gran laboratorio para hacer este ejercicio en las elecciones de octubre. Suficientes motivos hay.
El precedente, además, sería maravilloso, en nuestra opinión. Porque Indignados, no solamente hay en España…
edmundolopezg@hotmail.com