La dictadura de Maduro | El Nuevo Siglo
Viernes, 25 de Mayo de 2018

Como era previsible el gobierno de Nicolás Maduro utilizó todos los recursos del Estado y acudió a todas las mañas y peores prácticas que uno se pueda imaginar en busca de un resultado electoral que es a todas luces espurio, porque viola las mas elementales garantías que se puede esperar de un régimen que se llame democrático en una contienda electoral. La democracia para Maduro consiste en poner un resultado electoral valiéndose del chantaje a los ciudadanos más inermes, a los funcionarios públicos, de la coacción a las fuerzas armadas y de quienes más necesitan de los servicios sociales del Estado.

Como es conocido, lo que hay en Venezuela es un régimen policiaco que niega las libertades públicas, que encarcela e inhabilita a  los líderes de la oposición  para que Maduro y Diosdado no tengan competencia y mantenerse a toda costa en el poder, que es lo único que realmente les interesa.

Es claro que Nicolás Maduro no gobierna porque no está hecho para el ejercicio del gobierno; su única especialidad es el histrionismo y la de arengar contra los gobiernos de Colombia, de Estados Unidos, los dirigentes de la oposición y los países que han dicho no reconocer las elecciones del pasado 20 de mayo que ordenaron realizar a la medida de los intereses de la cúpula de burócratas que se apropió de Venezuela. Era clara la maniobra.

El gobierno de Colombia ha manifestado de manera enfática que no reconoce las elecciones en el vecino país porque la convocó una Asamblea Constituyente ilegítima, producto de unas elecciones fraudulentas cuyo único fin no es el de reformar la Constitución, sino el de suplantar el órgano legislativo que había sido elegido democráticamente.

 El gobierno que se instale el próximo 7 de agosto tendrá que lidiar con ese complejo problema y con la atención que hay que brindar a los migrantes que cada día llegan a nuestro territorio por la diáspora que vive el sacrificado pueblo de Venezuela.

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Trastabilla la JEP

La única función de la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz de JEP es la de “evaluar la conducta atribuida para determinar la fecha precisa de su realización y decidir el procedimiento apropiado…En caso de que la ejecución de la conducta haya comenzado con posterioridad a la firma del acuerdo final, la remitirá a la autoridad judicial competente…”

Pro ello la JEP no podía suspender el trámite de extradición con base en un protocolo que expidió con posterioridad al momento en que se conocieran los hechos que rodean el caso Santrich, y sin que se haya expedido la ley de procedimiento que reglamentará las competencias de este organismo. Unido a ello tampoco ha llegado la solicitud formal de extradición.

Por tanto, no creemos que se requiera adelantar un proceso, decretando pruebas, para establecer la simple fecha de la ocurrencia de los hechos para definir si el competente es la JEP o la justicia ordinaria.   

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De acuerdo con el análisis de la columna anterior, el próximo domingo votaré por la fórmula Iván Duque y Marta Lucía Ramírez.