Enfrentamos una pandemia global imprevisible que se extiende rápidamente por el planeta y exige de los gobiernos responder con decisiones acertadas y oportunas, y de los ciudadanos, disciplina, solidaridad y resiliencia para combatirla y superarla. En medio del sentimiento de indefensión que su veloz expansión ha generado, los gobiernos intentan construir las defensas necesarias y las políticas sanitarias, sociales y económicas para su contención que conduzcan a la recuperación de la normalidad.
Es un escenario exigente que busca vencer al enemigo sin afectar la cohesión social ni los derechos fundamentales de los ciudadanos, pero que a su vez demanda acertar en el manejo de situaciones complejas derivadas de la indescifrada naturaleza del virus agresor. El Gobierno colombiano ha procedido con acierto en construir las defensas necesarias ante el contaminante invasor.
Sin embargo, la premura en tomar decisiones comporta siempre la posibilidad de deslices en formulaciones y conceptos que pueden ser percibidos como vulneraciones de derechos fundamentales y que demandan correctivos inmediatos. La caracterización de la población de adultos mayores con el término cariñoso de “abuelitos”, corregida con hidalguía por el Presidente, no hizo tránsito a la conciencia de quienes redactan los decretos de cuarentena que se han expedido, como que en éstos se ha incorporado la condición de debilidad y de desvalido que hoy se le presta al adulto mayor.
En cada uno de los decretos se le asimila en su conducta durante la cuarentena obligatoria, con la de los “niños, niñas, adolescentes y personas con discapacidad, y enfermos con tratamientos especiales que requieren asistencia de personal capacitado, para tener derecho a circular en ejercicio de las conductas previstas para tal efecto. Así, el adulto mayor que goza de plenas condiciones mentales y físicas se ve limitado en su libertad y autodeterminación, por incapacidades que no padece y violatorias de sus derechos fundamentales. Es una norma sui generis, nunca expedida en modernas sociedades, que constituye limitación inapropiada e indignante para quienes aportan sus conocimientos, experiencia y creatividad al ejercicio de profesiones liberales y actividades en los mundos del arte, financiero, de infraestructura y científico, tan indispensables hoy para la superación de la pandemia y la recuperación y futuro de nuestra sociedad.
La clara percepción de nuestra mayor vulnerabilidad ante el Covid-19 es garantía del sentido de responsabilidad con la que cumpliremos con el principio de precaución que la experiencia y el conocimiento adquiridos nos induce a respetar. De no corregirse la redacción de los decretos, el reciente anuncio de prolongación de la cuarentena hasta el 30 de junio, reducirá nuestra movilización a las dos horas semanales para tomar el sol, como se deduce de la interpretación en los medios. Se agregaría a la inmovilidad forzada, la imposibilidad de acceder a servicios médicos, de adquirir bienes de primera necesidad, de acudir a servicios bancarios, notariales o de registro de instrumentos públicos, en suma, a la vulneración de los más elementales derechos. Su corrección es un derecho que nos asiste.