UNA LECCIÓN
Meditación política de la Semana Santa
La celebración de la Semana Santa nos sirve para recordar una sentencia de la Corte Europea de Derechos Humanos de hace un año en el asunto Lautzi, que se refería a los crucifijos exhibidos en las aulas de los colegios italianos. Una italiana dijo que los crucifijos atentaban contra la libertad religiosa y afectaban a sus hijos a los que ella quería educar como laicos. El caso fue rechazado por diversos tribunales italianos y terminó en la Corte que, en noviembre de 2009, consideró que la exhibición del crucifijo en las aulas violaba el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones religiosas y el de los niños a la libertad religiosa.
La gente en Italia se escandalizó, planteó que la Corte estaba ignorando la cultura europea al asociar secularismo con democracia y violando la Convención porque el origen del sistema había sido la democracia cristiana. El gobierno italiano apeló la decisión y otros veinte países europeos lo acompañaron. La ideología laica es minoritaria en Europa, pero no lo era en los medios cercanos a la Corte que había tratado de imponer un criterio enemigo del cristianismo en el continente. En marzo de 2011 la Gran Sala de la Corte corrigió y revocó la sentencia original, al reafirmar la identidad cristiana de Europa y la necesidad de respetar la mayoría religiosa de un país.
Esa decisión ha afectado para bien el desarrollo actual de la Corte Europea en materias como el aborto, la homosexualidad y otros asuntos de bioética y nos da una lección a nosotros tanto en el nivel local como en el internacional.
Primero, la apelación permite corregir los errores de las salas de la Corte. En la Corte Interamericana no hay apelación, como no la hay en la Corte Suprema ni en la Constitucional. Buena falta que hace para corregir los bandazos de la primera y los desvíos de la segunda como el asunto de la dosis personal.
Segundo, los tribunales no pueden abusar del inmenso poder de que gozan para imponer ideologías foráneas, contrarias a lo que piensa la inmensa mayoría, la gente del común. Una decisión reciente de la Sala Octava de Revisión de la Corte Constitucional sobre el aborto, que tiende a generalizarlo más allá de las excepciones ya autorizadas al determinar que la “interrupción voluntaria del embarazo es un derecho fundamental”, es una aberración que viola la Constitución y la propia jurisprudencia de la Corte, que en Colombia no hay manera de corregir, aunque haya abuso de poder y prevaricato. Lo peor es que la Plenaria de la Corte negó la nulidad interpuesta por el Procurador.
Tercero, evita que la Corte Europea siga avanzando en terrenos resbalosos como la eutanasia o la libertad de conciencia institucional.
Coda. El Gobierno ha postulado a Humberto Sierra Porto, uno de los dos miembros de la Sala Octava de Revisión de que hablamos arriba, como juez de la Corte Interamericana. ¡Que Dios nos libre!