No existen plazos para cumplir sentencias contra la Constitución y la soberanía de un Estado, ellas no se ejecutan ipso facto. Colombia, que aceptó erróneamente controversia con Nicaragua basada en un acto ilícito internacional ha dicho que la providencia de la Corte Internacional de Justicia de noviembre del 2012, para aplicarse, en cuanto se refiere a determinar límites marítimos si el meridiano 82 no es frontera, requiere de la suscripción de Tratados, bilaterales y multilaterales, del respeto a la intangibilidad territorial.
Nicaragua sostiene que se ha incumplido, el Tribunal declaró ser competente para conocer de la demanda, nos encontramos en estrados exponiéndonos a otra decisión adversa, la cancillería persiste en el silencio, el Congreso jamás ha efectuado el debate sobre el tema, la Corte no puede excluir ni imponer mecanismos de cumplimiento. La adopción de estos para la ejecución de un fallo es efecto consecuencial del mismo. Un procedimiento para concretar convenios con Nicaragua y otros Estados del Caribe lo esbozó el presidente Juan Manuel Santos. La inquietud de qué sucederá si se decide que estamos en mora me conduce a afirmar que de nuevo apareceríamos perdiendo con la obvia rasgadura de vestiduras de la clase dirigente; sin embargo, así esta decisión llegase al Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas, volveríamos a lo mismo: la inaplicabilidad.
La Corte tiene una papa caliente en la mano y los agentes en la Haya, el equipo de asesores extranjeros a la sombra, desconozco que explicación darían, la unidad nacional debe mantenerse con firmeza. A meses del dictamen y a menos de un año para que termine su período el actual gobierno esperar a que nos coma el tigre es equivocado. ¿Por qué los políticos en campaña no defienden el mar? Con nueva sentencia o sin ella, la condición de inejecutabilidad de cualquier providencia no cambia, que la Nación lo sepa, indispensable indicarlo en medio del marasmo colectivo. Continuar discutiendo en el marco del Pacto de Bogotá, del cual nos retiramos tarde, hacer presencia en gradas judiciales, afecta la institucionalidad nacional.
En cuanto a que la Corte Internacional de Justicia, respecto de la segunda demanda, decidiera aceptar la solicitud de extensión de la plataforma continental de Nicaragua a más de doscientas millas, casi hasta Cartagena, esto crearía una crisis múltiple, tal jurisprudencia chocaría con la realidad, ese organismo carece de facultades para parcelar el mar y no le compete determinar plataformas, el esperpento sería inaplicable. La historia recogerá la falencia de quienes en nombre del pueblo colombiano omiten sus obligaciones y consideran que el futuro corresponde a un inadmisible capítulo de diplomacia secreta.