Desde campaña se sabía, sobre todo observando los infames ‘Petro Videos’, que la primera dama no era ese tipo de persona dispuesta a aceptar una posición simplemente protocolaria o fuera de la acción pública y política, sino que buscaría tener un papel protagónico y crucial como el que ejerció durante la campaña presidencial.
A lo anterior creo que dicha intención de la señora Alcocer, es válida, pero algo sospechosa. Sin embargo, sea cual sea su motivante, este no puede sobrepasar lo dispuesto en la Ley o rozar el límite de lo prudente, lo decoroso y, lo más importante, lo austero. Así como tampoco debe pretender reemplazar la votación popular y las atribuciones que esta confiere, al ser legítimamente elegido es su marido con su fórmula vicepresidencial, y no ella.
Adicionalmente a lo anterior, no se debe tampoco pasar por alto la señora Alcocer el ordenamiento constitucional como lo es el nombramiento oficial del director y coordinador de las relaciones diplomáticas y política exterior del país, el señor Leyva, quien hoy en día parece más su compañero de viaje que un Canciller.
No obstante, eso tiene su razón de ser, y es que el acompañamiento del Canciller en ejercicio a la primera dama en sus, al parecer, ‘necesarios e importantes viajes’ (como si el país no estuviera bien representado si no asiste Verónica), cubre a la administración de entrar, ahí sí, en una posible violación de la Ley.
Permítame explicar el por qué. Aunque exista un vacío de reglamentación -que se ha intentado subsanar por medio de Sentencias de la Corte Constitucional y Conceptos de Función Pública- de dicha figura de la ‘primera dama’ o, para ser inclusivos, del ‘primer caballero’, cuando llegue el momento. El cónyuge de quien sea electo presidente, en la estricta lectura de la Ley, no es más que un Gestor Social sin presupuesto asignado ni reconocimiento legal de servidor público.
Por lo tanto, Verónica, por más que quiera pasear sola y vivir sabroso saltando entre eventos oficiales pretendiendo figurar de manera indirecta e informal como la portavoz del país ante la comunidad internacional, no puede hacerlo y, por eso, cuando se trata de eventos de Estado debe ir acompañada de Leyva o un funcionario similar que sí, de manera legal, nos representa como República ante otras naciones.
Saldrán furiosos los ‘petristes’ a criticar este escrito, pero creo debe haber una conversación de fondo en cuanto a la reglamentación de esta figura del cónyuge, aprovechando la emocionalidad de todos los sectores políticos en ser promotores de la austeridad, el decoro y el buen ejercicio de la política.
Un cargo, muy entrelazado con lo público por su especial condición, al que la Ley solo le exige que haga lo que “estime conveniente emprender” se ha prestado, se está prestando y se prestará para el lagarteo político, el jet set y varios posibles abusos o excesos a costa del erario y la representación de un país entero. Por ello, vale la pena el debate.