¿Volverán clubes de fútbol a tener un dueño? | El Nuevo Siglo
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Viernes, 12 de Abril de 2019
Redacción Política
Impulsores del proyecto de ley sostienen que actual régimen tiene altos costos de transacción que podrían estar lejos del alcance de muchas divisas

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El fútbol profesional en Colombia se desarrolló en sus inicios con el apoyo de mecenas que sacaban de su bolsillo para el sostenimiento de los clubes.

Sin embargo, en los años 80 esto se prestó para que los barones del narcotráfico se apropiaran de algunas de las principales divisas. Hace ocho años una ley obligó a los equipos a convertirse en sociedades anónimas, sin embargo ahora se está planteando un proyecto de ley que permitiría que se transformen en Sociedades por Acciones Simplificadas Deportivas (SASD), que haría posible que una sola persona sea dueña de una institución.

El proyecto fue radicado el año pasado en el Congreso por la bancada del Partido Conservador y está a punto de ser discutido en la Comisión Tercera de Cámara. Sus impulsores indican que “aunque es evidente que la admisión de la sociedad anónima como estructura válida para organizar actividades deportivas tuvo efectos muy benéficos luego de ser aceptada por la Ley 1445, lo cierto es que se trata de un tipo de sociedad caracterizado por altos costos de transacción que podrían estar lejos del alcance de muchas entidades deportivas profesionales”.

Por lo tanto, indican los parlamentarios conservadores, es “evidente la necesidad de reformular el régimen jurídico de las entidades cuyo objeto sea la práctica profesional del deporte, en cualquiera de sus modalidades o disciplinas”.

Indica el proyecto de ley que la SASD contiene todas las facetas que han garantizado el éxito de esta modalidad asociativa en las demás actividades empresariales a partir de su inclusión en la normativa colombiana por medio de la Ley 1258 de 2008. Así, aparte del mecanismo simplificado de constitución, por medio de documento privado inscrito en el Registro Mercantil, se incluyen las facetas de término indefinido, posibilidad de constitución unipersonal, diversas modalidades de acciones, mecanismos flexibles de capitalización, amplia libertad contractual, sencillez de la estructura orgánica y un sistema de limitación de responsabilidad para sus accionistas.

De igual forma la iniciativa no exige para la constitución ni para el funcionamiento de una SASD el mantenimiento de un monto mínimo de capital. “Ello obedece, de una parte, a la consideración financiera que le resta importancia a este rubro del patrimonio como mecanismo de protección para los terceros y, de otro lado, a la necesidad de evitar costos de transacción que puedan desestimular la constitución de estas modalidades de asociación deportiva”, indica la iniciativa.

El proyecto de ley establece una serie de restricciones y obligaciones para los clubes deportivos, así como reglas tendentes a verificar la procedencia de los capitales que se invierten en los clubes deportivos. “Mediante estas reglas se pretende prevenir el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y la recepción de recursos ilícitos por parte de los clubes deportivos”, indica la iniciativa.

La estructura orgánica de la SASD es semejante a la de las sociedades por acciones simplificadas tradicionales, aunque se incluye un órgano adicional para los clubes deportivos de fútbol. Se trata del denominado órgano de control, cuyas funciones se circunscriben a las tareas de prevención del riesgo de lavado de activos.

Un retroceso

Carlos González Puche, director ejecutivo de la Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales (Acolfutpro), dijo que esta iniciativa es un retroceso en el proceso de organización de los clubes de fútbol a partir de la Ley 1445 de 2011.

“Para nosotros es regresiva porque la consolidación de los clubes como empresas deportivas y todo el desarrollo de cumplimiento, de formalización que se ha venido dando a partir de la Ley 1445 de 2011, pues se pretende desmontar”, dijo.

González detalló que para poder operar hoy, los clubes necesitan como requisito mantener 1.000 salarios mínimos legales vigentes de patrimonio líquido permanente, “necesitan una cantidad de requisitos para poder operar, controles por parte de la Superintendencia de Sociedades, balances aprobados por revisores fiscales”.

Añadió el directivo que “a nivel de posibilidad de que los socios puedan recapitalizar la empresa, pues si la empresa es de uno solo, el riesgo de que vuelva a suceder lo que se presentaba en el pasado: incumplimientos de pagos, no pago de pensiones, no pago de obligaciones laborales, no pago de obligaciones fiscales, va a ser lo común”.

Destacó que producto de la ley existente “hoy en día los clubes están cumpliendo las obligaciones, están pagando los salarios, están pagando los aportes a la seguridad social, y claro que es un retroceso volver sociedades anónimas a unipersonales, que además va en contravía de los mismos parámetros que la FIFA, la Conmebol, están estableciendo con el tema de la licencia de clubes, que están exigiendo requisitos en cuanto a infraestructura, desarrollo de la parte financiera, de la parte societaria, de la parte legal y de la parte deportiva. Están verificando que se cumpla, que los clubes se conviertan en verdaderas empresas deportivas, y no veo por ninguna parte que estén permitiendo que esas sociedades anónimas que hoy operan, se puedan transformar en SASD”.

“La justificación es que los costos transaccionales son muy altos para los clubes y que los clubes están en una situación económica muy difícil. Pero no entiendo, la Federación de Fútbol pasó de tener un contrato por cuatro años de televisión de Caracol, de 7,5 millones de dólares a 40 millones de dólares. Están hablando del canal premium, de venta de la señal de televisión del torneo local para el exterior, volvió Postobon a ser patrocinador del torneo. Entonces uno lo que ve es que cada vez más hay dinero, pero ese dinero se sigue concentrando en un solo bolsillo”, señaló.

González previno también que “al convertirse en SASD las sociedades anónimas, pues ya conforme al Código de Comercio ya no requieren de revisor fiscal. El mismo contador del dueño unipersonal qué capacidad tiene sobre los balances en esos términos”.

Añadió que los equipos “hoy tienen que enviar toda la información y tienen control permanente de la Superintendencia de Sociedades. Hay una sección dentro de la Superintendencia de Sociedades especial para el control de los 36 clubes profesionales”.

 

Ponencia

Los ponentes de la iniciativa para primer debate consideraron que esta puede ser inconveniente en algunos puntos y que podría tener un efecto adverso en la práctica y promoción del deporte en aquellos espacios o lugares en donde la intervención del Estado es mínima, generando un efecto contrario al que se quiere con la ley.

Por ello la ponencia solicita a la Comisión III de Cámara el archivo del proyecto.