Gobierno pierde recaudo de $10 billones al caerse norma sobre deducción de regalías | El Nuevo Siglo
EL PRESIDENTE de la ACM, Juan Camilo Nariño, dijo que la reforma tributaria sobrepasó la capacidad contributiva de las empresas./ACM
Jueves, 16 de Noviembre de 2023
Redacción Economía

Un duro golpe a sus proyectados ingresos corrientes, contemplados en el Presupuesto General de la Nación, en un monto mayor a los $10 billones, sufre el Gobierno con la declaratoria de inexequibilidad del artículo que, en la reforma tributaria, prohibía la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta para las empresas dedicadas a industria extractiva.

 

Al resolverla demanda la demanda presentada contra el artículo 19 de la Reforma Tributaria en vigencia (Ley 2277 de 2022), la sala Plena de la Corte Constitucional, con una votación de 6 a favor y 2 en contra, determinó  que el mismo no se ajustaba a la Constitución.

La sentencia tuvo como ponentes a los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger, (C-489), quienes votaron a favor de declarar la inexequibilidad, al igual que Diana Fajardo Rivera, Antonio José Lizarazo Ocamo, José Fernando Reyes Caurtas y Alejandro Linares,. El magistrado Juan Carlos Cortés salvó su voto , la magistrada Natalia Ángel Cabo se apartó parcialmente de la decisión, mientras que Paola Meneses no participó por estar impedida.

Este trascendental fallo será de alto impacto en el Presupuesto General de la Nación al disminuir los ingresos corrientes y el gasto público que se pude financiar de forma sostenible.

El Ministerio de Hacienda calculaba que con esta medida se recaudarían $3,38 billones en 2023; $2,79 billones en 2024; $2,2 billones en 2025 y $1,97 billones en 2026, es decir $10,34 billones. Con la decisión de la Corte se dejarían de recaudar estos montos, lo que implica menos dinero para el Presupuesto General de la Nación.

Inicialmente se demandó inciso primero del parágrafo del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022. Sin embargo, luego de la integración normativa se declaró la inexequibilidad de todo el parágrafo censurado. La norma demandada prohíbe la deducción de las regalías de la base gravable del impuesto de renta de las empresas dedicadas a la exploración y explotación de recursos naturales no renovables en los siguientes términos:

 

El costo

Antes de la reforma tributaria, el costo asociado a las regalías, daba como resultado una reducción en la base del impuesto de renta (35% para todas las empresas colombianas). Con la reforma tributaria, este costo ya no se podía deducir de la renta fija y, por ende, subió el impuesto para las empresas que explotan recursos naturales.

La decisión se tomó con seis votos a favor y dos en contra. "En la Sentencia C-489 de 2023 (M.P. Jorge Enrique Ibáñez Najar y Cristina Pardo Schlesinger), el magistrado Juan Carlos Cortés González salvó su voto y la magistrada Natalia Ángel Cabo se apartó parcialmente de la decisión. Reservaron aclaración de voto la magistrada Diana Fajardo Rivera, y los magistrados Antonio José Lizarazo Ocampo, José Fernando Reyes Cuartas y Alejandro Linares Cantillo", informó la Corte.

La Asociación Colombiana de Minería, ACM, dijo que el fallo es una decisión trascendental para la continuidad del sector minero, porque, según el gremio, se elimina una restricción inequitativa que desborda la capacidad contributiva de una industria que antes de la reforma ya contaba con la mayor Tasa Efectiva de Tributación del país.

“Además de los argumentos jurídicos, el artículo demandado no estaba acorde con las prácticas internacionales sobre estas materias. Con esta decisión, Colombia ya no será el único país del mundo en el que no se pueden deducir las regalías”, dijo Juan Camilo Nariño, presidente de la Asociación Colombiana de Minería. (ACM)

 

Controversia

La ACM revisó las audiencias y aseguró que en las diferentes intervenciones se puede observar que uno de los puntos de mayor controversia es las profundas diferencias entre el Gobierno (Dian y Ministerio de Hacienda) y los demandantes y peritos expertos respecto de las fórmulas presentadas para calcular la tasa efectiva de tributación (TET) del sector minero y de hidrocarburos.

Este es un aspecto fundamental para establecer si un contribuyente puede asumir una mayor carga fiscal o no, pues es la TET la que determina la proporción de las utilidades que se destinan al pago del impuesto sobre la renta y su complementario, sin tener en cuenta las demás cargas tributarias que debe asumir todo contribuyente.

La Tasa Efectiva de Tributación, TET, es un concepto que tiene su base en indicadores financieros que, en términos prácticos, indica el porcentaje del impuesto sobre la renta y ganancias ocasionales que sufragó una Compañía respecto de las utilidades contables del ejercicio antes de impuestos.

“Con la no deducibilidad de las regalías pierde el país, pierden las regiones y pierden miles de familias que dependen de la minería para su sustento”, aseguró la ACM en un comunicado.

De acuerdo con la ACM, la reforma tributaria sobrepasa la capacidad contributiva de las empresas mineras volviéndolas inviables en escenarios de precios promedios. Esto podría “comprometer el recaudo de mediano plazo y el gasto social, ya sea por el ajuste de los planes de producción o por el cierre de operaciones, asociado a una mayor carga tributaria”.

La asociación mencionó, por otro lado, que prohibir la deducibilidad de regalías, desconoce su noción constitucional como una “contraprestación”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 360 y 361 de la Constitución Política, pues las regalías son un recurso público, que hace parte del patrimonio del Estado.

“No deducir las regalías comprometería la viabilidad de muchos proyectos. Por ejemplo, en una operación de carbón esta sola medida incrementa la Tasa Efectiva de Tributación (TET) de 88,1% (en promedio) a 142,8%. Eso significa que el impuesto capturará la totalidad de las utilidades del proyecto”, dijo ACM en un comunicado.