El Superintendente de Industria y Comercio (SIC), Pablo Felipe Robledo Del Castillo, formuló Pliego De Cargos contra Carlos Alberto López López, Presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Villavicencio y Dimas Barrero Pandales, Miguel Antonio Galindo Betancourt, Héctor Hugo López Burgos y las sociedades Oxigeno 21 S.A.S. y Unimar Distribuciones S.AS., todos miembros de la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio, por la presunta violación de las normas que rigen los deberes y facultades de los directivos de los entes camerales, así como los deberes de los afiliados.
El Superintendente de Industria y Comercio, encontró preliminarmente, que las personas mencionadas utilizaron su calidad de miembros de la Junta Directiva para gestionar la realización de pagos de renovación de matrícula mercantil de algunos comerciantes con fines electorales en marzo de 2014, antes de la expedición de la nueva ley de gobernabilidad de las Cámaras de Comercio.
A su vez, Héctor Hugo López Burgos y la sociedad Oxigeno 21 S.A.S., la cual estaba representada legalmente por Cindy Julieth Beltrán Pérez, se les abrió investigación administrativa por cuanto se encontró que al estar excluidos del censo electoral por no cumplir con los requisitos establecidos en la nueva ley, adquirieron una sociedad, con la cual obtuvieron la posibilidad indirecta de beneficiarse de un resultado electoral y ostentar la representación de una persona jurídica potencialmente elegible como miembro de Junta Directiva, lo cual podría violar el principio de transparencia e igualdad.
De igual forma, el Superintendente de Industria y Comercio formuló Pliego De Cargos contra Carlos Alberto López López, Presidente Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Villavicencio, por la presunta vulneración de las normas que rigen los procesos electorales de miembros de junta directiva y por negarse a atender concretamente y/o de manera oportuna diferentes requerimientos realizados por la Superintendencia de Industria y Comercio.
Adicionalmente, Carlos Alberto López López, tenía conocimiento de presuntas irregularidades que se estaban presentando durante el proceso electoral y la Superindustria no evidenció que él hubiera adelantado alguna actuación frente al particular o los hubiera denunciado ante los entes de control respectivos.
No procedencia de recursos contra el Pliego de Cargos
Contra la resolución por medio de la cual se formuló Pliegos de Cargos no procede ningún recurso.
Posibles sanciones
En el caso de que el proceso termine declarando que existieron irregularidades, el Superintendente de Industria y Comercio podrá ordenar a la Junta Directiva de la Cámara de Comercio de Villavicencio la remoción de los dignatarios involucrados.