Sanción que enfrentaría el DT Efraín Juárez por provocar a la tribuna | El Nuevo Siglo
Tras el pitazo final, Efraín Juárez celebró efusivamente frente a la tribuna del Medellín. Foto: Atlético Nacional
Lunes, 18 de Noviembre de 2024
Redacción Web

En el reciente Clásico Paisa, disputado entre Atlético Nacional e Independiente Medellín en la semifinal de la Copa BetPlay, el director técnico Efraín Juárez se vio envuelto en una controversia que ha generado un intenso debate en el mundo del fútbol.

A pesar de que Nacional avanzó a la final tras un marcador global de 2-1, el comportamiento de Juárez al final del partido ha opacado el resultado deportivo. 

Tras el pitazo final, Juárez celebró efusivamente frente a la tribuna del Medellín, un gesto que muchos aficionados interpretaron como provocativo. Este acto desató una ola de reacciones entre los hinchas del equipo local, quienes consideraron el acto como una falta de respeto en su propio estadio.

La situación escaló rápidamente, llevando a algunos aficionados a intentar ingresar al campo para confrontar al entrenador y a los jugadores de Nacional.

Minutos después, durante la rueda de prensa posterior al partido, Juárez se mostró consciente de las repercusiones de sus acciones y ofreció disculpas a los hinchas del Medellín. Afirmó que su intención nunca fue ofender y que las emociones del momento lo llevaron a actuar de esa manera.

Sin embargo, la Policía detuvo al director de los verdolagas para que rindiera descargos por conducta inapropiada.

El comportamiento provocador del entrenador le traería sanciones que generalmente dependen de las regulaciones de la liga. Según el Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, Juárez podría enfrentar una pena severa. En particular, el artículo 63 aborda la conducta inapropiada hacia adversarios y otros individuos no oficiales del partido. Este artículo establece que el uso de lenguaje ofensivo, grosero u obsceno, así como gestos similares hacia jugadores rivales o personas ajenas al cuerpo arbitral, puede acarrear consecuencias significativas.

El numeral G de dicho artículo es claro al estipular que las sanciones pueden incluir una suspensión de dos a cuatro fechas y una multa económica que oscila entre veinte y treinta salarios mínimos diarios legales vigentes en el momento de la infracción. Esta normativa busca mantener el respeto y la deportividad dentro del ámbito futbolístico, y cualquier acción que comprometa estos principios es susceptible de ser sancionada.