Son cuatro las iniciativas relacionadas con el endurecimiento de los castigos a quienes ultrajen niños que se tramitan actualmente en el Congreso de la República
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Actualmente en el Congreso de la República avanza una serie de iniciativas que buscan aumentar penas contra quienes cometan delitos sexuales contra los menores. Establecer la cadena perpetua, consagrar la imprescriptibilidad de estos delitos, prohibir que sean conexos al delito político e, incluso, regresar a la pena de muerte contemplan estos proyectos de ley y de reforma constitucional.
Cadena perpetua
Por amplia mayoría, con 113 votos a favor y 19 en contra, la plenaria de la Cámara de Representantes aprobó la semana pasada en segundo debate el proyecto de reforma constitucional que busca establecer la cadena perpetua revisable para violadores de menores.
El representante por Atlántico César Lorduy, de Cambio Radical, ponente de la iniciativa durante el debate invitó a sus colegas a respaldarla. “Quisiera invitarlos a que por un instante pensemos en que nuestra decisión puede estar alegrando muchísimos corazones en Colombia, corazones que han sufrido las consecuencias de asesinatos, de violaciones y de abusos con violencia de muchos niños y niñas. Es posible que esta no sea la solución perfecta. Con solo una niña que nosotros podamos salvar yo creo que este Congreso y esta plenaria ha cumplido con su obligación”, señaló el congresista, quien además subrayó que “los menores tienen un derecho prevalente y ese derecho está por arriba de cualquier asesino, de cualquier violador y de cualquier abusador”.
En el debate, la ministra del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, reiteró el respaldo del Ejecutivo al articulado. “Quiero hace referencia al apoyo que el Gobierno nacional le da a este proyecto. Aquí el 20 de julio pasado el Presidente manifestó ese compromiso grande que tiene con el proyecto de la cadena perpetua contra violadores y abusadores de menores de niñas y niños. Entre otras porque hace parte de unas iniciativas que el Gobierno considera que son herramientas importantes para la protección de menores de edad”, dijo.
Previamente, el representante por Bogotá Germán Navas, del Polo Democrático, defendió la ponencia negativa que buscaba el archivo, la cual fue rechazada ampliamente por 120 votos contra 26. “Ustedes están furibundos con todos los violadores, yo también. No acepto al violador del niño, ni al homicida. La ley en este momento tiene los mecanismos suficientes para aplicarle 60 años a un violador y homicida sin necesidad de modificar la Constitución. Valdría simplemente modificar la ley, pero como se trata de decir ‘yo hice la Constitución para que diga esto y lleve mi nombre’. Esto es demagogia”, dijo.
Imprescriptibilidad
Otra iniciativa que pronto será discutida en Comisión Primera busca establecer la imprescriptibilidad de la acción penal para delitos sexuales cometidos contra menores.
Hace unas semanas se adelantó una audiencia pública sobre el proyecto que es liderado por varios congresistas, entre los que está la representante tolimense Adriana Magali Matiz, del Partido Conservador.
En diálogo con EL NUEVO SIGLO, días atrás, Matiz manifestó que esta medida ya ha sido tomada por países vecinos como Perú y Chile. “Esto de la imprescriptibilidad es supremamente importante para garantizar que haya una justicia con nuestros niños. Es una medida que se ha implementado en varios países. Cuando uno revisa el derecho comparado ve como en Chile, en abril de este año, se sacó una ley que se denomina ‘derecho al tiempo’, en la cual efectivamente se consagra la imprescriptibilidad de los delitos sexuales contra los niños. En Perú, el 4 de agosto de 2018, también se sacó una ley y en España en estos momentos hay un anteproyecto con el que se pretende la imprescriptibilidad de estos delitos. El sustento constitucional y normativo que tenemos acá, además de los tratados que ha firmado nuestro país, el artículo 44 de la Constitución que señala la prevalencia de los derechos de los niños sobre los derechos de los demás”, dijo.
Matiz expuso varias cifras en relación con los delitos contra menores. “Desde el año 2014 hasta el 2019 son 78.000 noticias criminales que se han presentado por abuso sexual en contra de nuestros niños con un incremento de 3.357 casos. Si uno entra a examinar los exámenes médicos legales que se llevan a cabo por Medicina Legal allí las cifras son mucho más alarmantes. Entre 2014 y 2019 son 112.152 exámenes que se han realizado a niñas, niños y adolescentes que fueron víctimas de presunto delito sexual”, dijo.
Pena de muerte
Establecer la pena de muerte en casos de homicidio o abuso sexual a menores propone otro proyecto que también hace tránsito por la Comisión Primera de Cámara.
“De manera excepcional cuando un niño o niña sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa o acceso carnal en incapacidad de resistir, se podrá imponer como sanción hasta la pena de muerte. Toda pena de muerte tendrá control automático ante el superior jerárquico. Una ley reglamentará la materia”, señala el texto con el que se busca modificar el artículo 11 de la Constitución.
Para el proyecto de ley reglamentaria, el Gobierno nacional contaría con seis meses “contados a partir de la fecha de promulgación del presente acto legislativo, para radicarlo ante el Congreso de la República”.
Entre los motivos de la iniciativa se expresa que “el derecho penal debe imponer al infractor un castigo equivalente al mal que causa. Por consiguiente, la pena de muerte es justa, pues quien mate debe aceptar la muerte, tal y como lo señala Rousseau, quien argumenta que una cláusula implícita del Contrato Social es que para no ser víctimas de un asesino, aceptamos morir si nos convertimos en uno de ellos”.
La votación de esta iniciativa fue aplazada la semana pasada luego que se decidiera esperar un concepto del Consejo de Política Criminal.
Inconexo con delito político
Hace dos semanas fue aprobado el quinto debate un proyecto de reforma constitucional que estipula que los delitos sexuales contra niños y adolescentes sean competencia, únicamente, de la justicia ordinaria.
Este acto legislativo modifica el artículo 44 de la Constitución, el cual se refiere a los derechos fundamentales de los niños y a que la familia, la sociedad y el Estado deben asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo y el ejercicio pleno de sus derechos. Por lo tanto, señala que “los delitos sexuales cometidos en contra de los niños, niñas y adolescentes estarán sometidos únicamente a las sanciones establecidas en el régimen penal ordinario y serán investigados y juzgados conforme a las normas definidas en el Código de Procedimiento Penal”.
De acuerdo con la ministra Gutiérrez, de aprobarse esta iniciativa gubernamental, “hacia el futuro, en cualquier caso, no puede volver a pasar que haya beneficios para quienes cometen estos delitos tan graves como es atentar contra la dignidad e inocencia de un menor de edad. Es reprochable, por la sociedad, el hecho de que delitos sexuales contra los menores queden inmiscuidos en una justicia especial cuando nosotros tenemos la obligación de garantizar el futuro de los niños”.