La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de La Guajira Hernando David Deluque Freyle por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
La Sala le impuso una pena de 117 meses de prisión; una multa correspondiente a 2.364 salarios mínimos legales mensuales vigentes de multa; e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 123 meses y 11 días.
El caso está relacionado con irregularidades en varios contratos de mantenimiento de vías, construcción de pavimentos, canalización de un arroyo en el municipio de Albania, entre otros. Se detectaron en esos contratos vulneraciones a los principios de transparencia y planeación evidenciados por ejemplo en la construcción de alcantarillado en una zona de baldíos en donde no era necesario, poco tiempo establecido entre la fijación de los términos de referencia y la suscripción del contrato, lo que trajo consigo la suspensión de una obra, entre otros hallazgos.
Esta investigación emana de la compulsa de copias que hiciera la Procuraduría General de la Nación, el 8 de marzo de 2004, ante la Fiscalía General de la Nación, de varios documentos con el fin de investigar al gobernador de La Guajira.
En la decisión además fueron condenadas dos personas que asumieron en encargo la gobernación del departamento. Se trata de Alejandro Magno Builes Suárez condenado por contrato sin cumplimiento de requisitos legales a una pena de 100 meses prisión; multa correspondiente a 13 smlmv; e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 105 meses y 15 días.
Y Raúl Nicolás Fragozo Daza a quien se impuso una pena de 100 meses prisión; multa correspondiente a 131 smlmv; e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 105 meses y 15 días.