La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la restricción que existía en el fuero de paternidad que imponía una limitante a los padres, estableciendo que podrán acceder al estatuto sin importar las condiciones laborales de la mujer gestante.
Según lo señalado por el alto tribunal, y en lo argumentado por la ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, con la decisión se busca que los padres asuman la responsabilidad de la crianza de los hijos, en igual medida que las madres.
"La crianza no es una obligación exclusiva de la mujer. Es fundamental promover un reparto equitativo de tareas, incluido el cuidado de los recién nacidos, como un deber compartido entre ambos padres", indicó la Corte Constitucional.
Además, la Sala Plena explicó que la Ley que obligaba a probar que la pareja o cónyuge gestante o lactante no tenía empleo formal para acceder al fuero, violaba los principios de igualdad y no discriminación.
Con la decisión, la Corte Constitucional ha buscado la ampliación de los derechos de los hombres a obtener licencias laborales y el fuero de paternidad, para participar de la crianza de sus hijos, además de prevenir despidos que se podrían considerar discriminatorios en relación con las labores de los padres en el hogar.
En la demanda que llevó al alto tribunal emitir el fallo, se indica que "para los demandantes, la expresión “y no tenga un empleo formal” contenida en el artículo 1° numeral 5 de la Ley 2141 de 2021 vulnera los principios de igualdad y no discriminación, así como el trabajo en condiciones dignas y justas, al excluir a los trabajadores que serán padres, de la protección contra el despido, cuando la mujer gestante tenga un empleo formal, pues incorpora un trato inequitativo, que no tiene en cuenta el reparto de las responsabilidades familiare".