![Rafaela Cortés Gobernadora del Meta](/sites/default/files/2025-02/JZ7ZYDKD55GHHHGQ3LH2JKJIQI.webp)
La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de las demandas presentadas por varios ciudadanos con el fin de obtener la nulidad de la elección de la señora Rafaela Cortés Zambrano, elegida como gobernadora del Meta para el período 2024-2027.
Los demandantes alegaban que la entonces candidata había incurrido en doble militancia, en razón a que, para las alcaldías de Puerto López, Cabuyaro, Acacías y Castilla la Nueva, apoyó a candidatos de partidos políticos diferentes a aquellos que hicieron parte de la coalición que se conformó para su postulación al primer cargo del departamento.
El Consejo de Estado reiteró su jurisprudencia, según la cual, el apoyo es censurable solo cuando el partido político al que pertenece el elegido ha inscrito candidato para el respectivo cargo de elección popular o ha emitido una directiva en punto a apoyar a algún aspirante o abstenerse de brindar ese respaldo.
En el presente caso, la alta corporación dijo que no se probó que el partido Verde Oxígeno, al que pertenece la candidata, hubiere inscrito aspirante a las alcaldías de Puerto López, Cabuyaro, Acacías y Castilla la Nueva, ni tampoco que esa colectividad haya dado alguna instrucción de apoyar o no a otros candidatos.
De otro lado, en relación con la tacha de falsedad formulada por la demandada con el fin de desvirtuar la autenticidad de las documentales allegadas, la sala estimó que la misma no prosperaba, pues el dictamen que sustentó esa tacha no dio cuenta de las adulteraciones alegadas.