Niegan suspensión de decreto sobre política minero-ambiental | El Nuevo Siglo
El Consejo de Estado negó la suspensión del Decreto 044 de 2024, que establece criterios para declarar reservas temporales de recursos naturales. / Foto: Fuerza Aeroespacial Colombiana
Jueves, 20 de Febrero de 2025
Redacción Web

El Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional del Decreto 044 del 30 de enero de 2024, el cual establece criterios para declarar y delimitar reservas de recursos naturales de carácter temporal en el marco del ordenamiento minero-ambiental.

La solicitud de suspensión fue presentada por David Augusto González Jácome, en representación de la Veeduría Dignidad Minera, quien argumentó que el decreto vulnera principios constitucionales y legales al otorgar amplias facultades al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS) sin una norma previa que lo habilite. Además, señaló que la norma afecta derechos adquiridos en materia minera y restringe la participación ciudadana en decisiones de impacto ambiental.

Argumentos de la demanda

El demandante alegó que el Decreto 044 de 2024 se extralimitó en sus funciones al reglamentar sin sustento legal la declaratoria de reservas de recursos naturales. Además, modificó el alcance del artículo 47 de la Ley 2811 de 1974, al incluir recursos naturales no renovables dentro de la figura de reserva temporal, lo que según el demandante implica una alteración de la normativa vigente.

Asimismo, sostuvo que el decreto contravino el artículo 34 de la Ley 685 de 2001, al permitir la delimitación de áreas mineras sin estudios técnicos previos. También afirmó que la norma no contempló mecanismos de participación ciudadana ni de concertación con autoridades locales, lo que vulnera los derechos de las comunidades afectadas por estas decisiones.

Finalmente, argumentó que la medida desconoció derechos adquiridos de concesionarios mineros al restringir la actividad en áreas ya tituladas, generando incertidumbre en el sector y afectando la seguridad jurídica de los titulares de concesiones vigentes.

Respuestas de las entidades demandadas

En su defensa, el Ministerio de Minas y Energía y el MADS sostuvieron que el Decreto 044 de 2024 responde a la necesidad de proteger ecosistemas estratégicos en cumplimiento de fallos judiciales previos. Explicaron que la norma no introduce nuevas facultades, sino que desarrolla disposiciones vigentes desde 1974, en particular las establecidas en el Decreto Ley 2811.

Además, señalaron que el decreto cumplió con los trámites de publicidad y consulta establecidos en el Decreto 1081 de 2015, garantizando que su expedición se realizara conforme a los requisitos legales. También subrayaron que la norma no afecta derechos adquiridos, dado que en materia ambiental no existen derechos absolutos y que prima el principio de precaución como criterio fundamental en la gestión de los recursos naturales.

Por otro lado, aseguraron que el decreto garantiza la participación ciudadana a través de los procesos posteriores de delimitación y zonificación, permitiendo que las comunidades tengan espacios de intervención en la toma de decisiones ambientales.

El Consejo de Estado negó la suspensión del Decreto 044 de 2024, que regula reservas temporales de recursos naturales en el ordenamiento minero-ambiental. / Foto: minambiente
El Consejo de Estado negó la suspensión del Decreto 044 de 2024, que regula reservas temporales de recursos naturales en el ordenamiento minero-ambiental. / Foto: minambiente

Decisión del Consejo de Estado

Tras analizar los argumentos, el Consejo de Estado concluyó que no existían méritos suficientes para suspender provisionalmente el decreto. Consideró que la norma se fundamenta en el artículo 47 del Decreto Ley 2811 de 1974 y en la sentencia del 4 de agosto de 2022 del mismo tribunal, que ordenó fortalecer la protección de ecosistemas estratégicos y delimitar áreas de exclusión minera.

Asimismo, determinó que el acto administrativo demandado no modifica normas superiores ni desconoce el derecho de participación ciudadana, pues las reservas temporales requieren actos administrativos adicionales sujetos a consulta pública.

Documento

Consejo de Estado niega sus... by El Nuevo Siglo