Piden incluir a 2.721 secuestrados por Farc | El Nuevo Siglo
Con previa verificación, a más tardar el 1 de septiembre de 2025, estas víctimas acreditadas en el Caso 01, deberán ser incluidas en el Registro Único de Víctimas. / Foto: JEP
Lunes, 7 de Octubre de 2024
Redacción Web

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) le ordenó a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) revisar la inclusión de 2.721 víctimas de secuestro por las extintas Farc-EP en sus registros oficiales. Estas víctimas, tanto sobrevivientes como familiares, han participado en el proceso judicial del Caso 01 de la Jurisdicción, que investiga los secuestros.

Esta decisión, adoptada por la magistrada Julieta Lemaitre Ripoll, de la Sala de Reconocimiento, responde a las reiteradas solicitudes de estas víctimas durante la investigación. A través de escritos y en audiencias públicas, han insistido en su derecho a ser reparadas de manera individual o de acceder a las medidas de atención, asistencia y reparación que ofrece la Unidad para las Víctimas.

Si bien uno de los objetivos principales de la JEP es investigar y sancionar a los máximos responsables de los crímenes más graves del conflicto, esta Jurisdicción también tiene “una serie de obligaciones específicas para contribuir no solo a la satisfacción del derecho a la verdad de las víctimas (...) sino también a la satisfacción del derecho a la reparación integral", como lo ha reiterado la jurisprudencia de la JEP.

Ante este panorama, la JEP ordenó a la Unidad para las Víctimas que, tras llevar a cabo su propio proceso de verificación y análisis, incluya en el Registro Único de Víctimas (RUV) a las víctimas de secuestro que aún no están registradas en esa base de datos. Para eso tendrá hasta el 1 de septiembre de 2025. Esta inclusión les permitirá acceder a las medidas de reparación y asistencia a las que tienen derecho.

La JEP también le ordenó revisar los casos de aquellas personas que ya están incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV), pero que no han sido reconocidas por la totalidad de los hechos de los que fueron víctimas. Además, deberá evaluar si procede, según la Ley de reparación integral para víctimas del conflicto armado (Ley 1448 de 2011), el pago de la indemnización y la garantía de otras medidas de reparación.

La Unidad para las Víctimas deberá además revisar los casos de aquellas personas registradas como víctimas indirectas de secuestro, pero que también son víctimas directas de otros crímenes cometidos por la extinta guerrilla durante el cautiverio. Estos crímenes incluyen homicidio, violencia sexual, desplazamiento forzado, esclavitud, desaparición forzada, tortura y tratos crueles e inhumanos.

Como parte del proceso de seguimiento a esta orden judicial, la institución deberá presentar tres informes periódicos y uno final al despacho de la magistrada Lemaitre. El primero está programado para el 2 de diciembre de 2024, el segundo para el 3 de marzo de 2025 y el tercero para el 2 de junio de 2025. Estos informes no solo deben comunicar los avances alcanzados, sino también identificar lo que hace falta para resolver la situación de las víctimas en el RUV.

El informe final, que la Unidad para las Víctimas debe presentar el 1 de septiembre de 2025, debe incluir: la información consolidada en carpetas digitales por cada núcleo familiar, donde esté la documentación de las víctimas y las decisiones tomadas por la entidad. Asimismo, una matriz con la información consolidada por cada víctima que especifique, de manera resumida, qué se decidió en cada caso y por qué. También debe quedar claro a qué medidas de asistencia, atención y reparación integral han accedido las víctimas.

Estas víctimas están representadas por la Federación Colombiana de Víctimas de las Farc (FEVCOL), Fundación IPS para el Desarrollo Humano Integral del Sur Colombiano (FUNIPSI), Instituto Internacional de Responsabilidad Social y Derechos Humanos (IIRESODH) y el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD- Víctimas). Tanto este despacho como las organizaciones representantes de víctimas deben aportar a la Unidad para las Víctimas toda la información necesaria para que se realice el proceso de inclusión al RUV.

El Ministerio Público, por su parte, debe garantizar la articulación con la Unidad para las Víctimas para tomar las declaraciones de aquellas víctimas que aún no han presentado su testimonio. Este esfuerzo se debe llevar a cabo con la mayor brevedad posible, con el objetivo de asegurar que todas las voces sean escuchadas y que el proceso avance de manera efectiva.