EL NUEVO SIGLO: ¿Cómo va el proyecto para limitar el acceso a menores a redes sociales?
ESTEBAN QUINTERO: Es importante aclarar que el proyecto de ley ya fue aprobado por la Plenaria del Senado y hacen falta dos debates en Cámara de Representantes para que se convierta en ley de la República.
ENS: ¿Cómo garantizar que desde las plataformas se cumpla con esta normativa, especialmente en casos de compañías globales como Facebook, Google y otras?
EQ: Este proyecto se socializó con varios sectores incluidos representantes de las plataformas donde se logró establecer una rigurosidad en los controles parentales para así garantizar con la mayor eficacia posible la seguridad de los menores frente a los peligros que pueden enfrentar en las redes sociales.
Es por ello que se hicieron varios cambios a la normativa y no solo se genera una obligatoriedad a las plataformas, sino una corresponsabilidad con los padres de familia, el estado y los operadores digitales con el fin de que todos aportemos un grano de arena para proteger a nuestros niños.
Asimismo, es importante tener en cuenta que en el 2023 se presentaron 8.300 delitos en internet y plataformas; hubo 32.000 casos reportados en el sistema de salud por delitos sexuales de todo tipo; 1.400 casos de explotación sexual el 86% ocurrieron en internet; en el proyecto de Ley contempla una sanción administrativa de multa hasta 50.000 salarios mínimos legales mensuales para las plataformas digitales de red social.
Tengamos también en cuenta que esto permite que los padres interactúen mucho más con los contenidos que ven sus hijos, estudiantes y tutelados, pues muchos padres de familia no conocen la herramientas que brindan las plataformas de redes sociales para proteger a nuestros menores y este proyecto de Ley es para todos, porque salva la vida y la integridad del futuro y presente de nuestro país que son nuestro niños, niñas y adolescentes; y así sea un niño que podamos salvar de esos delitos el esfuerzo se verá recompensado.
ENS: En un mundo donde los niños son nativos digitales, ¿cómo evitar que hagan trampas y se salten las normas para acceder a las redes?
EQ: Las plataformas son las que tienen las herramientas tecnológicas y el legislador no puede decir cómo lo deben hacer, son las plataformas en las que se han desarrollado los delitos y son las que tienen las capacidades tecnológicas para tomar medidas suficientes que garanticen el efectivo control de filtros que deben tener las redes sociales, para garantizar la seguridad de nuestros menores.
Igualmente, es competencia de la superintendencia hacer la respectiva vigilancia de que el proyecto de ley, cuando se vuelva ley, que las plataformas las cumplan y para ello se establecen multas de hasta setenta y cinco mil millones de pesos a las plataformas que incumplan con lo establecido. El procedimiento de las sanciones las establecerá la superintendencia cuando pase a ser ley.
ENS: ¿Qué experiencias eficaces hay a nivel internacional en este campo?
EQ: El Reglamento Europeo establece que la edad mínima para tener una cuenta en redes sociales es de 16 años; sin embargo, está permitido que los Estados Miembros establezcan cualquier límite de edad a partir de los 13. En el caso de España, por ejemplo, la Ley de protección de datos de carácter personal pone el límite en los 14 años. Por lo tanto, los menores de esta edad solo podrán tener cuenta en redes sociales cuando sus padres o tutores lo consientan expresamente. Consecuentemente, las plataformas sociales solo podrán tratar los datos de los mayores de 14 años.
Ahora bien, según cifras de Clout, la Central de Medios de Influencia de Latinoamérica, la edad media de inicio de las personas en el mundo de Internet es a los 7 años. Según el estudio, a muy corta edad los más jóvenes empiezan su experiencia en las redes, utilizando perfiles con información de edad falsa, lo cual los deja expuestos a todo tipo de contenidos sensibles.
La organización Corpa Market Intelligence y Kapersky, dijo que en promedio un 40% de los menores de 14 años en Latinoamérica utiliza redes sociales sin supervisión de adultos, pudiendo acceder a contenido de violencia, sexo, drogas, y alcohol. El mismo estudio indica que tan solo el 9% de los padres de familia en Colombia toma medidas preventivas para controlar el uso de las redes sociales en sus hijos.
ENS: ¿Cómo será el control de protección de datos en esta norma?
EQ: El Proyecto de Ley va acorde a las normas sobre protección de datos. En consecuencia, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Superintendencia de Industria y Comercio y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, velarán porque las plataformas digitales de redes sociales cumplan con lo dispuesto en la Ley 489 de 1998 o las que la modifiquen o adicionen.
¡No paramos en la protección de nuestros niños!
— EstebanQuintero (@estebanquincar) December 12, 2024
Avanza con paso firme nuestro proyecto de ley de protección a los menores en las redes sociales. "Por lo menos con que un padre de familia el día de mañana nos diga que evitamos que su hijo haya sido abusado sexualmente, porque no… pic.twitter.com/PfUTUU1UHg
ENS: ¿Cómo garantizar que los permisos otorgados por padres para el acceso no terminen en un ‘rey de burlas’ o en vías para saltarse la norma?
EQ: Con el objetivo de garantizar los derechos e intereses superiores del menor, no podrán ser titulares de una cuenta o tener acceso a una plataforma digital de red social, los niños, niñas y adolescentes, conforme a las disposiciones establecidas en el régimen de protección de datos personales vigente y el Código Civil.
El MinTIC tendrá que exigir a las plataformas digitales de redes sociales que operen en Colombia: controlar que un niño, niña y/o adolescente no celebre contrato con una plataforma de red social para convertirse en titular de una cuenta, a través del establecimiento de los sistemas de determinación de edad; determinar la edad de titulares de cuenta en las plataformas de redes sociales, al momento de crear una nueva cuenta. Si el titular de una cuenta no cumple con los requisitos de edad, la plataforma de redes sociales debe rechazarla o eliminarla.
Asimismo, deberá tomar medidas para eliminar las cuentas existentes al momento de la entrada en vigencia de la Ley que no cumpla con los requerimientos de edad; cuando se determine que pertenece a un titular de cuenta identificable como niño, niña y/o adolescente y no se cuente con la autorización de los padres o tutores, las plataformas digitales de redes sociales deberán actuar en consecuencia para evitar que permanezcan en estas con el fin de ser titulares de cuentas.
En todo caso, las plataformas digitales de redes sociales no podrán tratar los datos de niños, niñas y adolescentes, sin el debido consentimiento de sus tutores. En este sentido, será responsabilidad de la Superintendencia de Industria y Comercio velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley, y su inobservancia será causal de mala conducta.
ENS: ¿Cómo se articula este proyecto con otros que también están en trámite para evitar el Matoneo digital, los ciberdelitos e incluso la regulación de IA en aulas?
EQ: Hay diversos proyectos de ley que permiten la protección del menor en redes sociales y será el legislador el que determine cómo integrar la normativa a los intereses de nuestros niños, niñas y adolescentes.
Esto es un asunto de consensos, sí, pero lo más importante es la protección de nuestros menores. Creo que el apoyo debe ser irrestricto y total, los partidos de gobierno como el gobierno mismo deben pensar en priorizar los derechos de los menores y pensar en la seguridad de ellos. Este proyecto de ley es por y para los niños. Yo como senador y mi partido, Centro Democrático, siempre hemos pensado en la protección de las garantías de nuestros menores.