JEP no tiene requerimientos que impidan libertad de Mancuso | El Nuevo Siglo
La JEP señaló que Salvatore Mancuso no tiene medida de aseguramiento ni restricción de la libertad impuesta por esa Jurisdicción. /Foto: Montaje ENS
Lunes, 8 de Julio de 2024
Redacción Web

Este lunes, la Jurisdicción Especial para la Paz aclaró, mediante un oficio firmado por la magistrada Heidy Baldosea, que el excomandante de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso, no tiene medida de aseguramiento, ni restricción de la libertad impuesta por parte de la JEP.

En el acta se establece que el exjefe se encuentra asociado con la Jurisdicción, únicamente, en calidad de compareciente, debido a que Mancuso se ha establecido como miembro 'bisagra' o de conexión entre las fuerzas públicas y la organización paramilitar.

"Se reitera que ante esta justicia especial el señor Mancuso Gómez tiene la calidad de compareciente, con ocasión de su aceptación concedida mediante Resolución No. 3804 del 17 de noviembre de 2023 proferida por la Subsala Especial E de Decisión y Conocimiento de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, circunstancia que no acarrea ni legal, ni jurídica ni procesalmente su privación de libertad", se indicó a través del oficio.

La jueza de ejecución de sentencias de Justicia y Paz, Luz Marina Zamora Buitrago, levantó el pasado viernes, 5 de julio, la medida de privación de la libertad a Salvatore Mancuso.

Zamora explicó que el proceso por el cual se concede la libertad a Mancuso estaba en el juzgado segundo de ejecución de penas y medidas de seguridad de Villavicencio, Meta.

"Yo recibo el proceso con la boleta de detención, y estoy ordenando la cancelación en la determinación que adopté sobre ese proceso, además le estoy diciendo a la cárcel que con ocasión de ese proceso usted (Mancuso), ya no es requerido, por lo tanto, puede entrar a gozar la libertad, a menos que sea requerido por otra autoridad judicial, que no lo sé, en cuyo caso deberá ser dejado a disposición de la misma", señaló la jueza, el pasado viernes.

Por su parte, la magistrada Heydi Baldose, puntualizó que "la competencia personal para conocer por parte de esta Jurisdicción Especial para la Paz, de los asuntos en los cuales se encuentra concernido el referido señor Mancuso en el marco del conflicto armado colombiano, se encuentra en disputa, y, por ende, suspendida con ocasión de la colisión positiva de competencia de jurisdicciones que tramita la Corte Constitucional."

Agregando que los Tribunales de Bogotá y Barranquilla, junto al Juzgado de Ejecución de Sentencias de Justicia y Paz del Territorio Nacional, han sido los organismos que han tomado decisiones sobre la libertad del excomandante.

La situación particular de Salvatore Mancuso, por el momento, quedará en manos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), quienes deberán evaluar que el exjefe no tenga más requerimientos por parte de otras autoridades que sigan solicitando que se mantenga privado de su libertad.