Niegan tutela que pedía tramitar la reforma a la salud como ley ordinaria | El Nuevo Siglo
ENS-Alejandro Avendaño
Viernes, 3 de Marzo de 2023
Redacción Web

El presidente del congreso, David Racero, informó que un juez negó la acción de tutela presentada por algunos Representantes pidiendo reversar la decisión de tramitar la reforma a la salud como ley ordinaria.

"Resuelve: Declarar improcedente la acción de tutela instaurada por los representantes a la Camara Oscar Leonardo Villamizar, Juan Felipe Corzo, Eduar Alexis Triana, Jose Jaime Uzcátegui, Juan Fernando Espinal Ramirez, Julieth Andrea Sánchez Carreño y Érika Tatiana Sánchez Pinto". 

De acuerdo con el documento del Juzgado Quince del Circuito de Bogotá, la Corte Constitucional ha sido bastante clara en "su linea jurisprudencial y frente a una presunta violación al derecho fundamental al debido proceso... es evidente, grocero, irracional, que salta a la vista el deconocimiento de dicho derecho fundamental", dice un apartado del texto. 

El mismo ratifica que "no se presenta un desconocimiento del debido proceso, porque el asunto no se le de el trámite que uno considere que se le debe dar, o por qué no se acompase con la interpretación que se tenga el mismo". 



Cabe recordar que los senadores Paloma Valencia, Humberto de La Calle, Hernán Darío Cadavid y Jonathan Pulido Hernández también apelaron la decisión del presidente de la Cámara, David Racero, de tramitar la reforma a la salud como ordinaria, a través de la comisión séptima. 

En la petición, radicada el pasado 16 de febrero, los senadores consideraron que la Ley contiene disposiciones de carácter estatutario y por ello peddían que la misma fuera tramitada por la comisión primera. 

"Tenemos la plena convicción de que el mencionado proyecto contiene sendas disposiciones que revisten carácter estatutario, como se explica en los anexos, y por ende debe ser tramitada a través de la Comisión Primera. En atención a la decisión expresada por su despacho, elevamos esta apelación con el fin de que sea la Plenaria de la Cámara de Representantes quien determine si nos asiste la razón frente al trámite que debe surtir el proyecto de ley cuestionado, y se decida así, la comisión pertinente para su estudio.

El recurso fue radicado en consideración al artículo 44 de la Ley 5 de 1992, que faculta la apelación de las decisiones de los Presidentes ante la respectiva Corporación Legislativa. En este sentido, los senadores hicieron uso del respectivo recurso de apelación.

"Respetuosamente, nos permitimos presentar recurso de apelación contra la decisión de efectuar el reparto del Proyecto de Ley No. 339 de 2023 Cámara "Por medio de la cual se transforma el Sistema de Salud y se dictan otras disposiciones a la Comisión Séptima Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes", decía la carta.