El Consejo de Estado recibió la primera demanda en contra de la elección de Gregorio Eljach Pacheco como Procurador General de la Nación, un cargo al que fue elegido por el Senado el 2 de octubre.
La acción fue interpuesta por el abogado José Vicente Sánchez, quien argumenta que Eljach incurrió en "inelegibilidad simultánea" al ser postulado para el cargo de procurador mientras aún se desempeñaba como secretario del Senado.
La demanda se fundamenta en la Ley 136 de 1994, que establece en su artículo 44 que "nadie podrá ser elegido para más de una corporación o cargo público ni para una corporación y un cargo, si los respectivos períodos coinciden en el tiempo, así sea parcialmente".
Según Sánchez, Eljach fue ternado el 19 de septiembre de 2024 por el presidente Gustavo Petro sin haber presentado su renuncia a la secretaría del Senado, lo que contradice la normativa vigente.
“Desde el año 2012, el Dr. Eljach ha ocupado el cargo de Secretario General del Senado y fue ternado el 19 de septiembre del presente año por el Presidente de la República para ser Procurador General de la Nación, aún sin haber renunciado a su cargo como Secretario del Senado, incurriendo en la inelegibilidad simultánea”, sostiene el demandante.
Eljach fue elegido procurador con 95 votos a favor en una sesión plenaria del Senado, donde también se encontraban en la terna otros candidatos como Luis Felipe Henao y Germán Varón Cotrino. Eljach sustituirá a Margarita Cabello, cuyo período finaliza el 15 de enero de 2025.
A raíz de esta situación, el abogado Sánchez solicita al Consejo de Estado que se declare la nulidad de la elección y que se exhorte al presidente de la República a convocar una nueva elección para el cargo. Además, destaca que Eljach había sido reelegido como secretario del Senado el 20 de julio de 2024, lo que complicaría aún más su elegibilidad.
La controversia en torno a la elección de Eljach plantea interrogantes sobre el proceso de selección de altos funcionarios en Colombia, subrayando la importancia de respetar las normativas que rigen la inelegibilidad para garantizar la transparencia y legitimidad en el ejercicio de la función pública.