Recusaciones a Procuradora frenan Código Electoral | El Nuevo Siglo
Foto archivo ENS
Viernes, 4 de Junio de 2021
Redacción Política

En tres oportunidades ha sido recusada la procuradora general, Margarita Cabello, ante la Corte Constitucional en lo que tiene que ver con el concepto que debe entregar sobre la reforma al Código Electoral, proyecto de ley estatutaria que estudia el alto Tribunal tras su aprobación el año anterior en el Congreso.

Ya fueron negadas dos de estas acciones. En su sala plena del pasado miércoles la Corte Constitucional resolvió negando una segunda recusación en contra de Cabello Blanco.

Una vez que se evacúe la tercera, de ser también desechada, la alta Corporación informará a la Procuradora General para que ahora sí entregue su concepto sobre la exequibilidad o no de este texto, el cual moderniza un Código desactualizado, pues el que está data de antes de la Constitución del 91.

Este proyecto da cabida, por ejemplo, al voto electrónico mixto; de igual forma amplía en una hora la jornada electoral, de tal manera que ahora será entre las 8 de la mañana y las 5 de la tarde; así como establece la paridad de género en las listas de las circunscripciones que eligen cinco o más curules en el Congreso de la República, entre otras.

Uno de los motivos por los que fue recusada la procuradora Margarita Cabello es porque en una reunión que sostuvo en marzo pasado con el registrador Nacional, Alexander Vega, se hizo referencia al proyecto de reforma al Código Electoral, cuando el texto aprobado por el Congreso de la República ya estaba en manos de la Corte Constitucional.

Al respecto el demandante para sustentar la acción que presentó ante la Corte Constitucional, aportó un video que fue colgado en las redes por la Registraduría Nacional, en donde el registrador Vega Rocha le enseña a Cabello la forma como opera el registro civil de nacimiento virtual, y hay un momento en que este destaca las que llamó bondades del nuevo código electoral.

Según la recusación, en ese video Cabello “manifestó su apoyo al Código Electoral, luego de que el primero (Vega) le explicara sus “bondades” (...) consta el beneplácito de la Procuradora”.

EL NUEVO SIGLO conoció que la respectiva ponencia para ser llevada a la sala plena de la Corte Constitucional está prácticamente lista, solo falta precisamente el concepto de la Procuradora.


Le puede interesar: Aprueban reforma al Código Disciplinario de la Procuraduría


Se esperaba que el nuevo Código Electoral entrara en vigor en las elecciones legislativas y presidenciales del próximo año, por ello recibió mensaje de urgencia por parte del Gobierno nacional, sin embargo teniendo en cuenta que todavía demora su estudio en la Corte Constitucional es poco probable que ello se pueda dar, más allá de algunas disposiciones como la extensión del horario de votación hasta las 5 de la tarde.

Aspectos del proyecto

Se aprobó la introducción en el Código del concepto de ciudadanía electoral, que habilita a los ciudadanos a ejercer el derecho al voto desde los 18 años.

No obstante también permitirá a los jóvenes desde los 14 años sufragar en las elecciones del Consejo Nacional, departamental y municipal de Juventud.

También el proyecto de ley contempla el concepto de domicilio electoral, en el sentido que es el sitio de residencia permanente del votante, que es registrado bajo la gravedad de juramento en el censo electoral.

Establece que tanto el registro como la actualización se harán en las oficinas de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Sin embargo, no se aprobó el término de un mes que se daba para que el ciudadano informara a la Registraduría sobre el cambio de domicilio.

De igual forma fueron reglamentadas en el Código Electoral las coaliciones de partidos y movimientos a corporaciones públicas, pues ya esto se había hecho en el caso de las coaliciones a cargos uninominales. En materia de encuestas el texto aprobado reglamentó en profundidad estos estudios, estableciendo la forma de cómo se deben adelantar y una serie de requisitos con la intención de que sus resultados se ajusten a la realidad.

No obstante, las firmas encuestadoras no vieron con buenos ojos la veda que se estableció, pues no se podrán publicar o difundir encuestas, sondeos o proyecciones electorales dentro de los 8 días anteriores a los comicios.

En cuanto al voto, se establecieron tres formas: el voto manual, como se ha hecho siempre; el electrónico mixto, marcado en terminales electrónicas y depositado en la urna; y el anticipado, que se deposita antes de la fecha del evento electoral.